26 de diciembre de 2024

Los futbolistas de Primera División cobran catorce veces el SMI

 

Los futbolistas de la Primera División española cobrarán este año un mínimo de 129.000 euros, más de 14 veces el Salario Mínimo Interprofesional (9.034 euros anuales), mientras que los de Segunda División A no percibirán menos de 64.500 euros, según fija el convenio colectivo que regula esta actividad publicado por el Boletín Oficial del Estado (BOE), que prevé una revalorización para la temporada 2015/2016 de acuerdo con el IPC.
   Entre los conceptos retributivos que se incluyen en esta retribución se encuentran la prima de contratación o fichaje, la prima de partido, el sueldo mensual, las pagas extraordinarias, pluses por antigüedad y los derechos de explotación de imagen en su caso.
   Comenzando con el salario mensual mínimo, éste es de 5.375 euros para los profesionales de Primera División, al que habría que sumar las dos pagas extraordinarias por el mismo importe cada una, hasta sumar una salario anual no inferior a los 75.250 euros. En Segunda División A, donde el salario mínimo mensual es de 3.335 euros, todas las mensualidades y pagas suman 46.690 euros.
   Además, para alcanzar la retribución base, los futbolistas tienen derecho a una prima en caso de contratación o fichaje, cantidad que será estipulada de común acuerdo por el el club y el profesional «por el hecho de suscribir el contrato de trabajo». Asimismo, la cuantía y condiciones de las primas de partido también serán fijadas entre el club y la plantilla o con cada futbolista con carácter individual.
   En el caso del plus de antigüedad, se trata de una cantidad que el jugador percibe cada dos años de permanencia en el mismo club. Su importe será equivalente, con dos años de estancia, al 5% del sueldo mensual. Finalmente, los derechos de explotación de imagen también se negociarán de forma bilateral entre clubes y plantillas.
   El convenio fija que los jugadores de fútbol profesional cobrarán el mismo salario, con los respectivos pluses de antigüedad, también durante las vacaciones, e incluye un concepto retributivo más, el ‘Premio de Antigüedad’.
   Así, una vez extinguido el contrato del futbolista, éste cobrará 16.550 euros por haber servido al club durante seis temporadas, 26.900 euros por siete temporadas, 37.950 euros por ocho temporadas y 64.500 euros por nueve temporadas o más.
   Por otro lado, el convenio colectivo de los futbolistas fija su jornada laboral en no más de siete horas al día, contando servicios ante el público y el tiempo que está bajo las órdenes directas del club a efectos de entrenamiento y preparación física y técnica.
   En cuanto a los descansos, los futbolistas tendrán un mínimo de un día y medio semanal, del que al menos uno será disfrutado de forma continuada.

Los futbolistas de la Primera División española cobrarán este año un mínimo de 129.000 euros, más de 14 veces el Salario Mínimo Interprofesional (9.034 euros anuales), mientras que los de Segunda División A no percibirán menos de 64.500 euros, según fija el convenio colectivo que regula esta actividad publicado por el Boletín Oficial del Estado (BOE), que prevé una revalorización para la temporada 2015/2016 de acuerdo con el IPC.

 

   Entre los conceptos retributivos que se incluyen en esta retribución se encuentran la prima de contratación o fichaje, la prima de partido, el sueldo mensual, las pagas extraordinarias, pluses por antigüedad y los derechos de explotación de imagen en su caso.

 

   Comenzando con el salario mensual mínimo, éste es de 5.375 euros para los profesionales de Primera División, al que habría que sumar las dos pagas extraordinarias por el mismo importe cada una, hasta sumar una salario anual no inferior a los 75.250 euros. En Segunda División A, donde el salario mínimo mensual es de 3.335 euros, todas las mensualidades y pagas suman 46.690 euros.

 

   Además, para alcanzar la retribución base, los futbolistas tienen derecho a una prima en caso de contratación o fichaje, cantidad que será estipulada de común acuerdo por el el club y el profesional «por el hecho de suscribir el contrato de trabajo». Asimismo, la cuantía y condiciones de las primas de partido también serán fijadas entre el club y la plantilla o con cada futbolista con carácter individual.

 

   En el caso del plus de antigüedad, se trata de una cantidad que el jugador percibe cada dos años de permanencia en el mismo club. Su importe será equivalente, con dos años de estancia, al 5% del sueldo mensual. Finalmente, los derechos de explotación de imagen también se negociarán de forma bilateral entre clubes y plantillas.

 

   El convenio fija que los jugadores de fútbol profesional cobrarán el mismo salario, con los respectivos pluses de antigüedad, también durante las vacaciones, e incluye un concepto retributivo más, el ‘Premio de Antigüedad’.

 

   Así, una vez extinguido el contrato del futbolista, éste cobrará 16.550 euros por haber servido al club durante seis temporadas, 26.900 euros por siete temporadas, 37.950 euros por ocho temporadas y 64.500 euros por nueve temporadas o más.

 

   Por otro lado, el convenio colectivo de los futbolistas fija su jornada laboral en no más de siete horas al día, contando servicios ante el público y el tiempo que está bajo las órdenes directas del club a efectos de entrenamiento y preparación física y técnica.

 

   En cuanto a los descansos, los futbolistas tendrán un mínimo de un día y medio semanal, del que al menos uno será disfrutado de forma continuada.

 

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