Desde la crisis financiera de principios del siglo XXI, la exigencia de un buen gobierno en las empresas se ha ido reforzando con una legislación más estricta y exigente. Directivas como MiFID, adoptada en España en 2007, introdujo la necesidad de mejorar la transparencia, la eficiencia y la protección del inversor en el sector financiero. Pero ha sido después de la Ley de Reforma del Código Penal que entró en vigor en 2015, que consolidaba la responsabilidad penal de las personas jurídicas, cuando las empresas han visto la necesidad de contar con un programa de compliance, según ASCOM, la Asociación Española de Compliance.
La palabra cumplimiento puede definirse como el acto de adherirse o cumplir con una ley, norma, demanda o solicitud. En un entorno empresarial, el cumplimiento normativo o compliance implica cumplir con las leyes, regulaciones, reglas y políticas, implica vigilar constantemente el clima legal y regulatorio en constante cambio, y hacer los cambios necesarios para que la empresa continúe operando con buen prestigio dentro de su industria, comunidad y base de clientes. Pero en un sentido más amplio, el cumplimiento corporativo se extiende más allá de la mera conformidad legal y regulatoria, adentrándose en el ámbito de la promoción de la ética organizacional y la integridad corporativa.
“El compliance es una parte esencial de la cultura que deben adoptar todas las organizaciones como parte de un compromiso ético y responsable y como una forma de generar un valor seguro para sus propios grupos de interés, como clientes, accionistas, empleados y otros”, comenta Sylvia Enseñat, presidenta de ASCOM. El factor ético es un elemento relevante porque dota a las organizaciones de una base que ayuda a crear una cultura de cumplimiento, prevenir, detectar y reaccionar antes de que se puedan producir actuaciones irregulares, fraudes y otros actos contrarios a la legislación a la ética empresarial y social.
La figura del responsable del cumplimiento normativo o compliance tiene un papel fundamental en la salvaguarda de la responsabilidad penal de la empresa y en el impulso de la reputación, no solo actuando como órgano de control, sino que aporta también un valor añadido a la organización, detectando y corrigiendo prácticas indebidas desde los primeros momentos para cuidar de la reputación de la empresa y evitar futuras pérdidas económicas.
“Un compliance officer es una figura que gestiona riesgos. Ha de ser una persona que demuestre valores como integridad, compromiso, liderazgo, comunicación efectiva, la habilidad para insistir y convencer sobre la aceptación de sus recomendaciones y un conocimiento profundo, o disponer de acceso a expertos en la materia, en temas de cumplimiento normativo”, señala Sylvia Enseñat. “Para ser compliance officer no es un requisito ser licenciado en Derecho, su conocimiento sobre leyes puede ser un complemento a su función, pero tendrá que rodearse de personas en su equipo que le aporten los conocimientos de los que carece”.
ASCOM, la Asociación Española de Compliance creada en 2014 con el objetivo de profesionalizar la función y de establecer un canal de interlocución con las instituciones, recogiendo lo que ya existía en el mundo anglosajón, es la asociación de referencia en España en el ámbito de compliance en todos los sectores de actividad económica, y la más representativa tanto por número de asociados como por sectores, entre los que se pueden citar el mundo del Derecho, el financiero y asegurador, la consultoría y auditoría y el sector farmacéutico, como los más representados reflejo en gran medida de la regulación cada vez mayor que soportan.
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