En México la mitad de los profesionales padece de moobing o acoso laboral y, según la Organización Internacional del Trabajo (OIT) cerca de 12 millones de personas lo sufren en el mundo.
La OMS define el «mobbing» o acoso laboral como una situación de violencia o acoso recurrente dirigida hacia un trabajador o trabajadora con la intención de aislarlo de un grupo laboral, entorpecer las labores y destruir las redes de comunicación y reputación de alguno de sus colegas y así obligarlo a renunciar. Sus principales características son conductas crueles y hostiles que se convierten en una tortura sicológica para la víctima, provocando incluso suicidios.
Griselda Zúñiga Ruiz, alumna del posgrado de Administración de Organizaciones en la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), señaló que en México todos los trabajadores, en algún momento, han sido víctimas de acoso laboral. «Por nuestra cultura, nos parece normal que alguien sea molestado en la escuela, oficina y hasta en la familia».
A diferencia de la agresión escolar, dijo, el «mobbing» es más sicológico que físico, con actitudes hostiles contra un compañero de trabajo a fin de aislarlo. «La víctima normalmente es una persona brillante y, por lo mismo, vista como una amenaza por los atacantes«, detalló.
Para no confundirlo con un conflicto eventual en el trabajo, el «mobbing» debe darse, mínimo, una vez a la semana y por lo menos durante seis meses. Difamaciones, rumores, calumnias, exclusión, insultos, apodos, impedir a la víctima participar en alguna actividad, ignorarla y hasta amenazarla son algunas de las formas de «mobbing».
Cabe destacar que la UNAM detalla que existen tres tipos de acoso laboral: ascendente, cuando es del subordinado hacia el jefe (muy raro); horizontal, entre compañeros (más frecuente y fuerte), y descendente, del jefe al subordinado.
Quienes lo padecen sufren problemas sicológicos (angustia y depresión), físicos (pérdida de peso, dolores de cabeza o insomnio), laborales (bajo rendimiento o ausentismo) y sociales (conflictos familiares y pérdida de relaciones interpersonales). Al respecto, Zúñiga señala que existen estudios psicológicos sobre el tema, pero no abordan cómo este suceso repercute en la víctima y su entorno.
En febrero de este año la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió un amparo directo donde estableció los criterios para acreditar que un trabajador es víctima de este tipo de acoso. Asentó que quienes quieran demostrar que han sido víctimas de esa práctica deben comprobar la intención de intimidar, amedrentar o consumir emocional o intelectualmente al demandante, con mira a excluirlo de la organización o a satisfacer la necesidad de agredir, controlar o destruir, por parte del hostigador.
Cuando llegue a detectarse un caso, Zúñiga recomienda «establecer estrategias de intervención para víctima y acosador, y diseñar protocolos de prevención». Consideró que resulta peor despedir al acosado o al acosador, como hacen las empresas privadas, o cambiarlos de puesto, como pasa en las instituciones públicas, porque el mobbing se puede convertir en una epidemia.
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