29 de septiembre de 2024
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Leroy Merlín se defiende de las acusaciones de CCOO de no aplicar descansos a los que el trabajador tiene derecho

Leroy Merlín se defiende de las acusaciones de CCOO de no aplicar descansos a los que el trabajador tiene derecho

La cadena de venta de bricolage y distribución Leroy Merlín se defendió ayer de las acusaciones del sindicato CCOO, que en un comunicado reciente se refería al Auto de Ejecución de la Audiencia Nacional contra la compañía por negarse "reiteradamente" a cumplir sentencias.

   Fuentes de la empresa puntualizaron a Europa Press que, efectivamente, se trata de un "auto" y no de una sentencia, en el que además "sólo se especifica el requerimiento de presentar ante la Audiencia, y antes de mañana día 31, los calendarios laborales de la compañía".

   Asimismo, las mismas fuentes señalaron que estos calendarios "ya se modificaron en su día cuando en 2004, el sindicato reclamó cambios en los turnos semanales de descanso de los trabajadores". Y esas rectificaciones se hicieron precisamente "siguiendo los criterios especificados por la Audiencia".

   El sindicato demanda desde marzo de 2004 a Leroy Merlín que establezca "correctamente" el descanso semanal al que tienen derecho los trabajadores de la empresa y estipulado en el Estatuto de los Trabajadores. La resolución de la Audiencia Nacional frente a este conflicto fue favorable a las pretensiones de CCOO, aunque la sentencia fue recurrida por la empresa ante el Tribunal Supremo.

   Esta sentencia firme del Supremo se dictó el 10 de Octubre de 2005, recuerda CCOO, y hasta el día de hoy Leroy Merlín "se ha negado a obedecer", dicen, "a pesar la existencia de dos autos de ejecución que la Audiencia Nacional ha pronunciado, a petición de CCOO, durante este año 2006 para obligar a Leroy Merlín a cumplir con las resoluciones judiciales.

   La importancia de dichas resoluciones radica, a juicio de CCOO, en que "por primera vez en el sector de grandes almacenes se establece, con carácter obligatorio, que el descanso semanal (36 horas) y el descanso diario o entre jornadas (12 horas) no pueden solaparse, es decir, que el trabajador deberá descansar 48 horas".

   "Por el contrario, la práctica habitual en el sector viene siendo la contraria: solapar el descanso diario con el descanso semanal, de tal forma que el trabajador no disfruta íntegra y cabalmente de ambos descansos que por ley tiene derecho", afirman.

   CCOO, a través de su Federación de Comercio, Hostelería y Turismo, dice no entender la actitud tomada por la empresa al privar a sus trabajadores de un derecho "tan fundamental" como es el descanso necesario, aunque esperan que la imposición de multas dispuestas en el Auto de Ejecución "hagan recapacitar a Leroy Merlin".

   Por su parte, desde la empresa recuerdan su obligación de "hacer compatible ese derecho fundamental de los trabajadores al descanso con la correcta atención al cliente". Así, y mañana mismo, la empresa presentará ante la Audiencia Nacional los calendarios laborales de todos sus centros, que hasta la fecha ha estado recabando, pero insiste en que el único requerimiento de la Audiencia ha sido esta presentación, so pena, como en cualquier proceso de este tipo, de la imposición de la correspondiente multa.

   Así, la empresa explica que sus empleados deben cubrir franjas horarias de apertura de los centros entre las nueve y las diez de la noche, para lo que, por supuesto, cumplen la legislación en cuanto a su descanso, pero con una organización distinta.

   De esta forma, trabajan en turnos de nueve a tres de la tarde, y de tres a diez de la noche, es decir, "nunca ocho horas diarias", contabilizando así de manera diferente las horas semanales de trabajo establecidas por ley, y contando con la necesidad de cubrir las aperturas en domingos y festivos y el extenso horarios comercial. Insisten en la necesidad de hacer compatible este descanso con el correcto servicio a los clientes.

  Hoy Leroy Merlin presentará estos nuevos calendarios laborales, recalcan, "con los cambios requeridos en la anterior sentencia".

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