La nueva Ley Orgánica para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, aprobada el pasado 15 de marzo y publicada en el BOE, será más visible en el ámbito laboral donde las diferencias entre géneros son más habituales y constatables.
Las medidas laborales y de Seguridad social contempladas en la Ley tienen como finalidad específica conseguir la igualdad en un ámbito donde, hasta ahora, son más patentes las desigualdades entre ambos géneros. En este ámbito, el nuevo texto recoge la posibilidad de que la negociación colectiva establezca medidas de acción positiva que favorezca el acceso al empleo de las mujeres y la eliminación de situaciones de discriminación en sus condiciones de trabajo.
Asimismo, se incluye la mejora de la formación y la empleabilidad de las mujeres y de su permanencia en el mercado de trabajo como objetivos prioritarios de la política de empleo. Otro de los aspectos fundamentales es el reconocimiento del derecho a la conciliación de la vida personal y laboral y el fomento de una mayor corresponsabilidad entre mujeres y hombres en la asunción de las obligaciones familiares.
En este sentido, establece el derecho del trabajador/a a adaptar la duración y distribución de su jornada de trabajo o el de la mujer a acumular el permiso de lactancia en jornadas completas. Además, recoge el derecho a reducir la jornada entre un octavo y la mitad por cuidado de menores de 8 años o personas con discapacidad. Igualmente reconoce la posibilidad de disfrutar de las vacaciones anuales fuera de los periodos de incapacidad temporal por embarazo, parto o lactancia y del permiso por maternidad y a suspender el contrato de trabajo por riesgo durante la lactancia natural de un menor de 9 meses.
Por otro lado regula el establecimiento de un deber de negociar planes de igualdad en los convenios de ámbito empresarial y supra-empresarial. En la negociación colectiva, ello significa el deber de negociar las medidas dirigidas a promover la igualdad de trato entre mujeres y hombres o los planes de igualdad.
Finalmente, fija una serie de medidas específicas para prevenir el acoso sexual en el trabajo y regula la creación de un distintivo, concedido por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, para empresas que se destaquen por la aplicación de políticas de igualdad. El texto afirma que la responsabilidad social en materia de igualdad recaerá en las empresas.
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