23 de noviembre de 2024
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Incluir el mobbing en el Código Penal permitirá castigar sin violar la legalidad

Incluir el mobbing en el Código Penal permitirá castigar sin violar la legalidad
La profesora de Derecho Penal de la Universidad de Jaén (UJA), María José Cruz, subrayó ayer que el anteproyecto de ley sobre la reforma del Código Penal «tipificará expresamente» el delito de 'mobbing' o acoso laboral, lo que permitirá que los jueces puedan castigar este delito sin violentar el Principio de Legalidad.

En declaraciones a Europa Press, Cruz, que participó en uno de los cursos que organiza la Universidad Internacional de Andalucía ( UNIA) en su sede Antonio Machado de Baeza, aclaró que el citado acoso se ha «encajado» dentro del nuevo Código en el artículo 173, dedicado a los ataques contra la integridad moral, con una pena de prisión de seis meses a dos años.

Asimismo, sostuvo que el 'mobbing' se caracteriza por conductas de «persecución y hostigamiento que quieren hacer sufrir a la víctima y humillarla», independientemente de tratar de que el trabajador abandone su puesto, incidiendo en que «una de las dificultades para castigarlo es que este hostigamiento suele estar integrado por actos que, individualmente considerados, no tienen mucha gravedad», pero que, en su conjunto, sí son constitutivos de delito.

Calificó de «enormemente difícil» el hecho de encontrar en determinados casos las pruebas que demuestren la situación de acoso, e incluso citó a los 'testigos mudos', a los que definió como los compañeros de trabajo «que tiene miedo de testificar contra el jefe o contra los propios compañeros», en el caso del 'mobbing' horizontal.

De otro lado, la profesora de Derecho Penal manifestó su «sorpresa» de que se produzcan «tantos casos de acoso laboral» con los sindicatos, «que son los que tienen que proteger los derechos de los trabajadores», o con los inspectores de trabajo, cuando «existe toda una serie de instrumentos para garantizar sus derechos».

Seguidamente, dijo no entender que, en una legislación tan «enormemente protectora» con los trabajadores como es el Derecho Laboral, «se dé con cierta frecuencia» y mostró su extrañeza por que, según los estudios, el 55 por ciento de las demandas por 'mobbing' en el ámbito laboral no prosperan.

A este respecto replicó que, aunque se está dando la voz de alarma por parte de algunos sectores «en el sentido de que el acoso en el trabajo es un problema muy grave». No obstante, aclaró que «hay que tener cuidado» porque en algunos casos los expertos laborales «avisan de falsas denuncias que, por otra parte, se producen en cualquier ámbito». Igualmente, Cruz consideró que entre las víctimas «no existe un miedo a denunciar» debido a la labor de difusión que se ha hecho de las situaciones de acoso que se han llevado a los tribunales, aunque constató la existencia de «un nivel de cifra negra» de casos que no llegan a ser juzgados.

Tras explicar que delitos como el acoso inmobiliario o 'blockbusting', como también se le conoce, estarán tipificados del mismo modo en la nueva norma, la docente se mostró contraria a las reformas que, desde hace años, ponen de manifiesto una «expansión enorme» del Derecho Penal que «no tiene nada que ver con sus principios» y concluyó asegurando que éste debe ser «la ultima ratio»y que «no se comprende cómo se está reformando permanentemente a la alza».

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