El típico chiste subido de tono o el envío de correos electrónicos con contenidos de un determinado nivel sexual pueden considerarse acoso en el entorno laboral. Con la llegada de la Ley de Igualdad, empleados y empresas empiezan a estar más vigilantes que nunca ante posibles casos de acoso sexual que puedan darse dentro de la oficina.
"Con la ley ya no es la víctima la que tiene que demostrar que ha sido acosada o acosado, sino que es la empresa o el mismo acosador el que debe demostrar que no ha hecho nada. Este aspecto es muy importante, ya que los acosadores se cuidan mucho de no tener testigos", explica Rosa Bofill, responsable de la Secretaría de la Mujer de Comisiones Obreras.
La presión social y la nueva normativa han comenzado a empujar a las primeras compañías a curarse en salud e intentar solventar una posible situación de estas características. "Las empresas españolas ya empiezan a incluir claúsulas o artículos en los convenios colectivos en los que se marca un protocolo a seguir en caso de acoso sexual en el trabajo", asegura Bofill.
Hasta la fecha es a las Mutuas de Accidentes de Trabajo a quienes corresponde el reconocimiento del acoso sexual como accidente de trabajo, pero es la Inspección de Trabajo la que tiene el poder para llamar la atención sobre el asunto y considerarlo como un riesgo psicosocial.
Soluciones desde dentro
Las medidas que se adoptan hasta ahora son reactivas pero la presión que existe sobre las compañías, que pueden ver seriamente dañada su imagen, las obliga a tomar medidas proactivas. La agencia Método3 ha importado a España el primer servicio de investigación del acoso sexual.
El director de la agencia, Francisco Marco, asegura que ya son 15 las compañías españolas que han instalado este sistema por las sospechas de acoso sexual que hay en su plantilla. Dos detectives instalan un teléfono anónimo en las oficinas para que los empleados denuncien anónimamente el supuesto abuso.
Una vez que se produzca la llamada, el consejo de dirección sabrá al instante la situación que se da dentro de su compañía y los detectives ofrecerán sus servicios para investigar el supuesto acoso. En caso de que la dirección se niegue a descifrar la llamada, también deberá firmar una declaración.
Ese papel que podrá ser utilizado por la víctima contra la empresa que, con toda seguridad, será declarada culpable de no haber hecho nada ante un caso de acoso. ¿La multa? 90.000 euros.
Pero si además el trabajador acosado imputa ante un juex el comportamiento de acoso sexual al empresario, el empleado "puede solicitar la extinción de su contrato de trabajo por lesión de su derecho a la dignidad, o por incumplimiento grave, con indemnización de 45 días por año de servicio, y puede solicitar el cese de los mismos directivos. Incluso si se llegaran a acreditar los abusos podría pedirse la reparación de los daños y perjuicios causados", comenta Melina Perugini, de la Asociación Nacional de Abogados Laboralistas.
Avances lentos
Pero los avances son lentos, incluso en la percepción del acoso: todavía un 11 por ciento de las mujeres aceptan que el acoso se inicie porque la mujer no ha sabido ponerse en su sitio. Un 43 por ciento asegura que no lo denuncian para no perder su empleo y un 38 por ciento reconoce que el entorno tiende a culpabilizar a las mujeres acosadas, según la compañía consultora Inmark.
El Instituto de la Mujer asegura que el 15 por ciento de las mujeres trabajadoras y asalariadas sufren acoso en el entorno laboral.
Asimismo el patrón no cambia: cuando la víctima es una mujer, el acosador ocupa un estatus superior a la jerarquía laboral o, en todo caso, uno igual. Si la víctima es un hombre, el acoso proviene principalmente de iguales o de trabajadores que ocupan un estatus inferior o de subordinado. Además, dos de cada diez víctimas de acoso psicológico lo son también de acoso sexual.
Reconocido como delito desde finales de la década de los 70, el acoso sexual conlleva penas de hasta un año de cárcel y sanciones económicas para las empresas. Así se reconoce la responsabilidad administrativa del empresario por actos cometidos por sus trabajadores.
En países como Francia las multas económicas alcanzan los 25.000 euros, que abona la empresa al declararse el acosador insolvente para subsanar la deuda con la víctima.
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