Entre 2008 y 2010, diez mil empresas serán inspeccionadas para garantizar la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, se prohibirán las diferencias en las primas de seguros por razones de sexo y habrá un plan para favorecer el empleo a paradas mayores de 45 años.
Son algunas de las medidas anunciadas hoy en materia de igualdad tras el Consejo de Ministros, al que el titular de Trabajo y Asuntos Sociales, Jesús Caldera, ha presentado un informe sobre la aplicación de la Ley de Igualdad, aprobada en marzo último.
Según Caldera, el Plan de Actuación de inspección de trabajo se realizará en diez mil empresas de todo tipo, pero se centrará en las de más 50 empleados y con especial atención a las de más de 250. Tres mil se ejecutarán en 2008, tres mil en 2009 y cuatro mil en 2010.
Los inspectores, al menos dos por provincia, se preocuparán sobre todo de la discriminación en el acceso al empleo, acoso sexual, derechos de conciliación de la vida familiar y laboral, control de las cláusulas discriminatorias de los convenios colectivos, y protección en caso de maternidad, embarazo y lactancia.
Reinserción laboral para la mujer
Una segunda iniciativa se dirige a favorecer la reinserción laboral de mujeres desempleadas mayores de 45 años que dejaron el empleo hace mucho tiempo (más de 5 años) o que nunca han trabajado. Una medida que, según Caldera, tiene como objetivo potencial más de un millón de personas no activas. En el conjunto de la población femenina, los cálculos oficiales elevan la cifra de inactividad a 2,7 millones.
Para ello, los Servicios Públicos de Empleo desarrollarán un programa de evaluación y diagnóstico por el que pasarán antes de doce meses el 60% de estas mujeres; se les orientará sobre las oportunidades de empleo no cubiertas en el mercado laboral, y se les dará formación para facilitar la reinserción laboral.
Igualmente, se prevé la revisión de la política de bonificaciones a la contratación fija de este colectivo de mujeres; y diseño de bonificaciones específicas para apoyar la utilización de la contratación a tiempo parcial cuando las empresas acepten una adaptación de los horarios que se adecuen a las necesidades familiares y personales.
Finalmente, está prevista la creación de una página web específica de información profesional con oportunidades de empleo, formas de acceso a la información, programas de tutoría o acompañamiento a la inserción de mujeres mayores de 45 años con orientación profesional especializada y campañas de promoción para la conciliación de la vida laboral y familiar, la distribución de cargas familiares en el hogar, la extensión del uso del permiso de paternidad y los servicios y oportunidades de empleo.
Discriminación en las primas de los seguros
En virtud de lo establecido en la Ley de Igualdad, se determina además que las tarifas de las primas de los seguros no incluirán en caso alguno los costes y riesgos relacionados por el embarazo y el parto, ni tampoco estará justificado, por estos motivos, diferencias en las prestaciones. Para ello se ha modificado el Reglamento de Ordenación y Supervisión de Seguros Privados.
También se establece que las tablas de mortalidad, de supervivencia, de invalidez y de morbilidad, para el cálculo de los riesgos, deberán justificarse estadísticamente, en el caso de que tengan probabilidades diferentes para cada sexo, y en ningún caso podrán incorporar el efecto de riesgo por embarazo o parto.
Los requisitos para considerar el sexo como factor determinante en la evaluación del riesgo entrarán en vigor el 21 de diciembre de 2007, mientras que el 31 de diciembre de 2008 entrará en vigor la prohibición de considerar los costes relacionados con el embarazo y el parto en el cálculo de las primas, prestaciones, invalidez y morbilidad.
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