La igualdad tiene un tratamiento "muy escaso, disperso y poco concreto" en los convenios colectivos, según el estudio ‘La negociación colectiva en España: un enfoque interdisciplinar’ presentado ayer por Comisiones Obreras.
En el acto, la coordinadora del capítulo de ‘Igualdad entre mujeres y hombres’ y profesora de la Universidad de Castilla La Mancha, Natividad Mendoza señaló que son "muy escasos" los convenios colectivos que amplían o mejoran la ley de igualdad y criticó que en la mayoría se copie lo que dice la legislación. "Lo más importante no se ha hecho en convenios sino en acuerdos de empresas, particularmente en los de banca, donde, por ejemplo ya encontramos permisos de paternidad antes de que se aprobara la ley", aseguró.
‘La negociación colectiva en España: un enfoque interdisciplinar’ comenzó a publicarse en 2004 con caracter anual y se elabora desde el Observatorio de la Negociación Colectiva de CC.OO. en torno a cuatro grandes líneas temáticas: ‘Salarios’, ‘Igualdad entre mujeres y hombres’, ‘Cualificación y clasificación profesional’ y ‘Globalización y regulación colectiva de las condiciones del trabajo: los derechos básicos de los trabajadores en los sectores deslocalizados’.
En su intervención, el coordinador del capítulo de ‘Salarios’ y profesor de la Universidad Calos III de Madrid, Jesús Mercader , reconoció la necesidad de que los agentes que forman parte de la negociación colectiva sigan interviniendo "para recortar la evidente brecha salarial entre hombres y mujeres".
Mercader también criticó que los complementos ligados a la productividad sigan teniendo un uso bastante reducido. En concreto, indicó que este tipo de retribución variable sólo aparece en el 27% de los convenios colectivos y afecta al 21% de los trabajadores.
CAMBIAR LA POLÍTICA SALARIAL
Asimismo, reprochó que los sistemas de participación en beneficios sea escasa y que algunos modelos de retribución tengan efectos sobre la conciliación de la vida laboral y familiar. "Es necesario que centremos la atención en los complementos salariales de base presencial porque sancionan el uso de mecanismos de conciliación", subrayó.
Por su parte, el responsable del área de ‘Cualificación y clasificación profesional’ y profesor de la Universidad de Granada, Miguel Ángel Almendros, destacó la necesidad de que se produzca un ajuste entre la organización técnica de las empresas y el sistema de clasificación profesional, y señaló que este último mecanismo debe ser consensuado vía negociación colectiva. Asimismo, recalcó la exigencia de sustituir el sistema de clasificación "por ‘categoría profesional’ por el de ‘grupo profesional’".
Por otro lado, el coordinador del capítulo de ‘Globalización y regulación colectiva de las condiciones del trabajo: los derechos básicos de los trabajadores en los sectores deslocalizados’ y docente en la Universidad de Salamanca, Wilfredo Sanguineti, aseguró que el balance de la inclusión de cláusulas de Responsabilidad Social Corporativa (RSC) en los convenios colectivos "es desalentador" y consideró que es algo que "debe cambiar porque la inclusión de cláusulas de este tipo es, en sí misma, una medida de RSC".
Respecto a la publicación de este libro, el secretario confederal de Estudios de CC.OO. expresó la necesidad dar continuidad al estudio de la negociación colectiva "porque sigue siendo un campo poco estudiado" y destacó la visión "crítica" que aportan todos los docentes que participan en el estudio "porque este punto de vista nos ayuda a corregir los errores y es muy útil en el trabajo sindical".
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