14 de noviembre de 2024
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Las listas de espera médicas, culpables del 12,61% de las bajas temporales de los trabajadores

Las listas de espera médicas, culpables del 12,61% de las bajas temporales de los trabajadores

El 12,61% de las incapacidades temporales se mantienen por estar el trabajador incluido en una lista de espera médica para pruebas, cirugía o rehabilitación, según datos del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) de mediados de marzo de este año, lo que supone algo más de un punto por encima del porcentaje que se registraba en 2008.

   Así lo explica al Gobierno en respuesta al diputado socialista Pedro José Muñoz, quien en una pregunta parlamentaria criticaba que el coste de los subsidios de la incapacidad temporal por baja médica que asumen las arcas públicas se vea incrementado a resultas del aumento de las listas de espera médicas.

   «Conforme se van deteriorando las listas de espera de los Servicios Públicos de Salud va aumentando el número de procesos de incapacidad temporal cuya duración está condicionada no sólo por el estado de salud del trabajador, sino cada vez más por el retraso en solucionarlo por la demora de las listas de espera», insistía el diputado.

   De hecho, en su pregunta incluía datos –sin precisar la fuente– según los cuales entre 2008 y 2009 el 90% de las decisiones de continuar de baja que adoptaban los inspectores del INSS estaban fundamentadas en el criterio médico, y únicamente entre el 6% y el 10% venían impuestas por estar pendiente de alguna prueba o tratamiento. Sin embargo, Muñoz sostenía que «en los últimos años» el porcentaje de decisiones médicas ha caído al 63% y el de otras razones se ha incrementado al entorno del 23% o 27%.

PORCENTAJES ESTABLES

   Por contra, el Ejecutivo rechaza esas cifras en su respuesta escrita, que recoge Europa Press, y asegura que «a nivel nacional los porcentajes son estables y no se observan variaciones significativas en la secuencia de años 2008-2014».

   De hecho, precisa que teniendo en cuenta los controles médicos realizados por inspectores del INSS a nivel estatal salvo Cataluña a trabajadores cubiertos por contingencias comunes, el porcentaje de bajas temporales que se prolongaron por estar el trabajador en lista de espera médica era del 12,61% a mediados de marzo de 2014.

   Un dato medio punto superior al 12,1% del pasado año, y más de dos puntos porcentuales por encima del 10,3% de 2012. En la anterior legislatura, el porcentaje era del 11,77% en 2008, del 12,45% en 2009, del 12,14% en 2010 y del 10,77% en 2011.

LOS INSPECTORES YA SABEN DE TOXICOLOGÍA

   Por otra parte, el diputado de la Izquierda Plural (IU-ICV-CHA) por Asturias, Gaspar Llamazares, se queja en otra pregunta parlamentaria de que los equipos de inspectores del INSS que reconocen y valoran las incapacidades no incluyan a un toxicólogo, al menos para casos de intoxicación industrial como la ocurrida por mercurio en la empresa asturiana AZSA.

   Sin embargo, el Ejecutivo le recuerda que los equipos de valoración de incapacidades están compuestos por un presidente y cuatro vocales, entre los cuales hay un médico propuesto por el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria o por el órgano competente de la comunidad autónoma, un médico perteneciente al personal del INSS, un inspector de Trabajo y un funcionario titular de la Dirección Provincial del INSS.

   «El médico inspector de la Seguridad Social tiene formación suficiente en toxicología para realizar la evaluación médica correspondiente, auxiliado por los informes médicos y pruebas complementarias necesarios del propio Servicio Público de Salud, existentes ya en la documentación clínica del trabajador en el momento de la valoración, o bien solicitados por el propio médico inspector», añade el Ejecutivo. Por eso, añade, la composición de estos equipos «garantiza en el momento actual la calidad suficiente del dictamen evaluador».

RECAÍDAS EN LAS BAJAS

   Llamazares también se preocupa en su pregunta sobre AZSA por las consecuencias que tiene una mala valoración de la enfermedad de los trabajadores, ya que puede conllevar recaídas en la incapacidad temporal que, desde el punto de vista de las prestaciones por desempleo, puede suponer una merma importante de los ingresos del trabajador.

   Y es que si un trabajador está de baja temporal y, al poco de reincorporarse al trabajo, acaba en el paro y luego tiene una recaída, su prestación de incapacidad tomará como base reguladora la percepción del paro y no el sueldo que tenía cuando se causó la enfermedad. Por eso, el diputado asturiano pide al Gobierno que modifique este aspecto de la normativa para mantener la misma base reguladora en los dos periodos de baja.

   Sin embargo, el Gobierno apela al criterio «reiteradamente manifestado» por la Seguridad Social –y corroborado por el Tribunal Supremo (TS)– de que «cuando se produce una nueva situación de incapacidad temporal, ya sea por un proceso nuevo o una recaída de un proceso anterior, ha de procederse al cálculo de la base reguladora conforme a la situación laboral y salarial en que se encuentre el beneficiario en dicho momento».

   De hecho, el Ejecutivo sostiene que cambiar la legislación en el sentido que propone Llamazares podría «producir efectos ambiguos y no deseados» ya que pueden darse casos en que mantener la base reguladora de la primera baja signifique percibir menos prestación por incapacidad, si entre un proceso y otro el trabajador ha mejorado su remuneración salarial.

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