19 de septiembre de 2024
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Los agricultores podrán realizar otra actividad durante los paros estacionales

Los agricultores podrán realizar otra actividad durante los paros estacionales

El Gobierno ha aprobado un Decreto que permite a los trabajadores agrarios afilarse al Régimen General mientras realicen otras actividades y volver automáticamente a su Régimen Especial sin perder sus derechos. El nuevo texto modifica los Reglamentos generales sobre cotización y liquidación de otros derechos de la Seguridad Social.

El nuevo Decreto pretende favorecer el empleo de los trabajadores eventuales agrarios al facilitar que puedan trabajar en otras actividades y les permite volver automáticamente al Régimen Especial Agrario dela Seguridad Social (REASS) cuando reanuden su actividad agrícola. Este cambio mejora las prestaciones por desempleo y la pensión de los trabajadores agrarios.

La normativa vigente hasta ahora, con más de 30 años de antigüedad, exigía la habitualidad en la dedicación a las labores agrarias para la permanencia en el REASS, por lo que en el caso de que abandonasen este régimen especial por pasar a realizar otra actividad temporal no podían volver al régimen agrario. El efecto que produjo esta normativa fue que ante el riesgo de perder la protección social específica correspondiente a los agricultores, éstos optaban por rechazar otros empleos o los que ocupaban en la economía sumergida.

La reforma permite equiparar a este sector laboral con el resto de trabajadores y podrán mejorar sus carreras de cotización al poder combinar sus cotizaciones agrarias y las realizadas en otros regímenes. El Real Decreto modifica los Reglamentos generales sobre cotización y liquidación de la Seguridad Social y sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas, y variaciones de datos

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