26 de noviembre de 2024
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Las mujeres en situación de baja por maternidad seguirán recibiendo ofertas de empleo salvo que manifiesten lo contrario

Las mujeres en situación de baja por maternidad seguirán recibiendo ofertas de empleo salvo que manifiesten lo contrario

Las mujeres en situación de baja por maternidad seguirán recibiendo todas las ofertas de empleo que se adecuen a su perfil, salvo que manifiesten lo contrario, según una decisión del Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE) que modifica el anterior acuerdo, por el que las demandantes de empleo en baja por maternidad no recibían ofertas para evitar molestias.

El SPEE trata así de dar cumplimiento a una sentencia del Tribunal Constitucional que dio la razón a una demandante de empleo perceptora de la baja por maternidad y a quien la suspensión de la demanda de empleo le impedía conocer la existencia de ofertas acordes a su perfil profesional.

Por esta razón, el SPEE ha remitido una circular a todas las Comunidades Autónomas que informa de los cambios respecto al anterior acuerdo adoptado por el Sistema de Información de los Servicios Públicos de Empleo (SISPE) en relación con la intermediación en el mercado de trabajo de las personas en situación de baja por maternidad.

El SISPE decidió en su día la suspensión de la situación de demanda de empleo de las perceptoras de baja por maternidad para "evitar las posibles molestias que supondría recibir ofertas de empleo a las que, con toda probabilidad, no podrían acceder dada su situación de descanso obligatorio tras el parto".

MODIFICACIONES EN EL SISTEMA INFORMÁTICO

Así, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, tras conocer la sentencia del Tribunal Supremo, ha dado el sentido contrario a lo que hasta ahora se venía realizando, de manera que la demandante recibirá todas las ofertas que se adecuen a su perfil profesional, salvo que la interesada exprese lo contrario.

Dicho cambio en la situación de las mujeres en baja por maternidad exigirá llevar a cabo desarrollos informáticos en las aplicaciones que sustentan la intermediación laboral, por lo que, en tanto se ultiman las modificaciones, los técnicos de las Oficinas de Empleo deberán conocer las consecuencias de la sentencia para que actúen conforme a ella.

Asimismo, las Comunidades Autónomas con gestión transferida comunicarán a las Oficinas el derecho que asiste a las demandantes de elegir si desean o no intermediar durante el periodo de descanso por maternidad.

Durante 2005 hubo una media mensual de 3.921 mujeres demandantes de empleo que percibieron prestación por maternidad, que alcanzaron a lo largo del año la cifra de 47.049 personas.

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