Más de 600.000 trabajadores extranjeros sin papeles podrían regularizar su situación en España a partir de enero a través de la figura del arraigo laboral contemplada en la Ley de Extranjería, cuya entrada en vigor se produjo en 2005 y que contempla la posibilidad de que las autoridades concedan la residencia por razones de arraigo a aquellos inmigrantes con trabajo que acrediten tres años de residencia permanente en nuestro país y vínculos familiares.
Así lo explicaron a Europa Press portavoces de la Asociación Social, Cultural y Deportiva Eugenio Espejo, que representa al abundante colectivo de inmigrantes ecuatorianos que vive en España, unos 90.000 regulares según fuentes oficiales. Para ASCULDEE, la cifra es sólo una estimación, ya que muchos de sus compatriotas sin papeles han expresado su intención de acogerse a esta figura legal en 2007, prevista en el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000 del 11 de enero de 2005 sobre derechos y libertades de extranjeros en España.
Según esta norma, podrán acceder a una autorización de residente por razones de arraigo el trabajador extranjero que acredite su permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de tres años, siempre que se carezca de antecedentes penales, no tener prohibida la entrada en España, contar con un contrato de trabajo con una duración de más de un año y acreditar vínculos familiares con otros extranjeros residentes.
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