El índice de precios de consumo cerró el 2006 con una tasa anual del 2,7%, un punto por debajo del año anterior, lo que la convierte en la tasa más baja desde el 2003, según los datos que ayer publicó el INE. La inflación con la que terminó el 2006 es algo inferior a la subida salarial media del 3,27% pactada en los convenios colectivos que se negociaron el año pasado, por lo que difícilmente se activarán las cláusulas de garantía del poder adquisitivo de los trabajadores.
El dato de inflación del 2006 fue calificado de "muy positivo" por el secretario de Estado de Economía, David Vegara, quien, además, consideró que un IPC del 2,7% constituye "un buen punto de partida" para la negociación de una subida salarial moderada en el 2007. En su opinión, "una ventaja de haber terminado el año en estos niveles de inflación" es que "no entrarán en vigor" todas las cláusulas de revisión. Solo se emplearán en casos en que el salario haya subido menos que el IPC.
En ejercicios anteriores, la aplicación de esta garantía ha supuesto sobrecostes para las empresas de alrededor de 2.000 millones al año. En el 2005, por ejemplo, la subida salarial media fue del 3,1% pero la inflación de diciembre se situó en el 3,7% lo que obligó a compensar a tres de cada cuatro trabajadores con una minipaga, o bufanda en febrero.
PÉRDIDA ADQUISITIVA
Según los últimos datos oficiales, relativos al mes de noviembre, la subida salarial media en los convenios colectivos sectoriales negociados en el 2006 fue del 3,2%. Este tipo de convenio afecta a la inmensa mayoría de los trabajadores (el 89% de los trabajadores cubiertos por los nuevos convenios del 2006). En los de empresa (el 11% de los trabajadores afectados por la negociación del 2006), la subida salarial pactada fue menor (el 2,8%).
El dato final del IPC del 2006 ha sido del 2,7%, pero, en realidad, la inflación media del conjunto del ejercicio ha sido del 3,5%, pues el año arrancó con tasas superiores al 4%. Visto así, es innegable una ligera pérdida de poder adquisitivo de los salarios en el 2006, pero, en general, las cláusulas de garantía se activan o no en función del dato de diciembre, no de la inflación media.
En contra de las opiniones opuestas a las cláusulas de garantía salarial de algunas instituciones, como el Banco de España, UGT constató ayer la eficacia de los Acuerdos Interconfederales de Negociación Colectiva (ANC) firmados por UGT, CCOO, CEOE y Cepyme desde el 2002.
"La fijación de costes salariales moderados en la negociación colectiva, solo es posible con la inclusión en todos los convenios de cláusulas de revisión salarial para el caso de que la inflación al final del año sea superior a la prevista", según UGT. "Hay que tener en cuenta –añade el sindicato de Cándido Méndez– que las cláusulas en ningún caso implican ganancias de poder adquisitivo salariales adicionales sobre las pactadas, sino que solo garantizan el cumplimiento de lo acordado libremente entre las partes".
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