Las empleadas de hogar desempeñan su labor sin la red que protege a los demás trabajadores. Salarios míseros, jornadas variables e imposibilidad de cobrar el paro caracterizan el día a día de este colectivo, que en buena parte subsiste en la economía sumergida. El Gobierno ultima una ley para que las asistentas equiparen sus condiciones de trabajo a las del resto de empleados a cambio de elevar la cotización, un mínimo de cinco euros al mes. La medida también pretende profesionalizar el sector, que emplea a unas 600.000 personas y que cada vez tiene mayor demanda.
Disponer de un albañil o un fontanero aunque sea durante media hora requiere el pago de impuestos. En cambio, para que una empleada doméstica trabaje 19 horas a la semana en un domicilio no hace falta abonar ni un euro a la Seguridad Social. Es sólo una de las muchas peculiaridades que rodean el trabajo remunerado en el hogar, una actividad cada vez más demandada que desempeñan unas 600.000 personas en España, mujeres en su inmensa mayoría. Son estimaciones oficiales y de expertos del sector, pues en los registros de la Seguridad Social figuran menos de 300.000 cotizantes.
La normativa arcaica que regula a este colectivo y la falta de profesionalización propician el salto a la economía sumergida. Los empleadores sólo están obligados a pagar por ellas si trabajan en la misma casa más de 20 horas a la semana. Cuando la trabajadora acude a varios domicilios -lo más habitual- es ella quien tiene que abonar 146 euros al mes en caso de superar las 18 horas semanales. El resto de situaciones permanece en el limbo jurídico.
Para erradicar estas anomalías, el Gobierno eliminará gradualmente, en siete u ocho años, el régimen especial por el que cotizan las empleadas de hogar. Todas acabarán acogiéndose al régimen general y, por tanto, accederán al Estatuto de los Trabajadores, del que ahora escapan. "Habrá una identidad en los tipos de cotizaciones, en las bases y en las prestaciones", explica el secretario de Estado de Seguridad Social, Octavio Granado.
Nuevos derechos
El primer derecho al que podrán acceder será la prestación por desempleo. Las asistentas están excluidas del sistema, aunque hayan cotizado lo suficiente. Tampoco pueden jubilarse anticipadamente ni tienen la misma cobertura que el resto en caso de enfermedad. Éste es uno de los principales problemas que viven quienes se dedican a esta labor. "Es fulminante el despido de las que se quedan embarazadas o las que caen enfermas", explica Isabel Ochoa, asesora de la Asociación de Trabajadoras de Hogar, radicada en Bilbao. Es una de las pocas entidades que lucha por los derechos de este colectivo disperso y en la sombra.
Algunas de las condiciones que contempla la legislación actual rayan la semiesclavitud. Las empleadas pueden trabajar un máximo de nueve horas al día, aparte de "los tiempos de presencia, a disposición del empleador" que se acuerden. Todo ello por el salario mínimo (570 euros al mes). De esa cantidad se les puede descontar hasta un 45% por alojarlas o darles alimentos. Y en el descanso semanal sólo tienen derecho a un día completo; las 12 horas restantes que les corresponden se disfrutan "mediante acuerdo entre las partes".
Algo similar ocurre con las vacaciones. Tienen fijados 30 días al año, pero sólo 15 se disfrutan seguidos. Lo más anómalo es que ninguna de estas condiciones tiene que figurar por escrito. Los contratos pueden ser verbales, una modalidad que pone en aprietos a la trabajadora si tiene que demostrar incumplimientos.
Todas las mejoras que se introduzcan requerirán, eso sí, un aumento de cotización, a cargo de quien emplee a esas personas. Granado quita hierro a esta cuestión. "No serán más de cinco euros adicionales al mes en ocho años", explica. El responsable de Seguridad Social sostiene que las retribuciones efectivas en el sector "han crecido más que eso", en gran parte para compensar la falta de protección social. Estas trabajadoras no suelen ganar más de 10 euros por hora. En gran parte son inmigrantes que se afiliaron en masa durante el proceso de regularización, en 2005. Ahora están trasladándose a otros sectores más rentables, lo que hace caer la cotización.
El nuevo sistema graduará los costes en función de la jornada, algo que no ocurre ahora. Una familia paga lo mismo a la Seguridad Social tanto si la empleada acude al hogar cuatro horas al día como si hace ocho. "El propio sistema favorece que la gente se vaya a la economía sumergida", subraya la experta de la Asociación de Empleadas de Hogar.
Elegir candidata
Con la nueva ley, que el Gobierno pretende sacar antes de que acabe la legislatura, las trabajadoras del hogar se irán encuadrando en el régimen general y podrán ser contratadas por particulares y también por empresas. Granado es más partidario de la segunda opción para que el sector esté regulado y profesionalizado. Las ventajas no se centrarán sólo en las trabajadoras. Contactar con una empresa permitirá a la familia poder elegir candidata, así como contar con una sustituta en caso de abandono del puesto o de enfermedad.
No siempre la intermediación es la mejor alternativa. Isabel Ochoa alerta: "Hay agencias de empleo ilegales que cobran un porcentaje del salario a las trabajadoras y las ofrecen en peores condiciones de lo que dice la ley, que ya es difícil".
La situación de las empleadas de hogar en España es "la más dispar de la UE", según Granado. En Francia se compran unos talones en los estancos que se entregan directamente a las empleadas. La cantidad abonada incluye la cotización. También en Bélgica se emplea un sistema similar, mientras Italia declara obligatorios el contrato y la cotización.
La reforma también pretende acabar con la llamada compra de pensiones, una práctica que impulsa a personas ajenas a esa labor a cotizar y completar así el periodo necesario para acceder a una pensión. El atractivo de este régimen es que resulta más barato que el resto y carece de requisitos contractuales.
LA MODERNIZACIÓN DE UN SISTEMA ARCAICO
Con la norma actual
Obligación de cotizar sólo si se superan las 20 horas de trabajo semanales
La cuota a la Seguridad asciende a 146 euros al mes en todos los casos
El contrato de trabajo se formaliza por escrito o de palabra
La jornada diaria puede alcanzar las nueve horas, además de otros periodos en que la empleada está a disposición del empleador
Las vacaciones consisten en 15 días seguidos y otros 15 fraccionados
La indemnización por despido es de siete días por año trabajado
Con la nueva norma
Obligación de cotizar por cualquier tipo de jornada
El pago a la Seguridad Social partirá de un mínimo de 146 euros mensuales y aumentará según el salario
El contrato de trabajo tendrá que formularse por escrito
La jornada máxima será de 40 horas semanales; el resto se contabilizará como extraordinarias
Las vacaciones se podrán disfrutar seguidas
El despido estará indemnizado con un mínimo de 20 días por año trabajado
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