Las empresas de inserción laboral, aquellas que se dedican a contratar a excluidos sociales con el objeto de que puedan emplearse en el mercado laboral ordinario, permiten un ahorro anual de unos 10,1 millones de euros en políticas sociales publicas.
Así lo determina el estudio "Identificación y diagnóstico integral de las Empresas de Inserción en España" de la Federación Española de Empresas de Inserción (Fedei), utilizado en la elaboración de la memoria económica del proyecto de Ley reguladora de las empresas de inserción laboral, aprobado en Consejo de Ministros el pasado 29 de junio.
Concretamente, el ahorro que supone por cada uno de los aproximadamente 2.300 trabajadores en situación de exclusión contratado en España en términos de coste social asciende a 4.400 euros.
Además, si a estas cifras se añade el flujo económico que propicia la existencia de cada empresa de inserción (11.100 euros anuales), que en España ascienden a 147, el 'beneficio social estimado' sumaría a 15.500 euros anuales por trabajador excluido que es contratado, y un montante total de 35,6 millones de euros.
RADIOGRAFÍA DE LAS EMPRESAS DE INSERCIÓN
Las empresas de inserción laboral, cuya facturación estimada es de unos 41,4 millones de euros (unos 276.000 euros de facturación media) son, en su mayoría, intensivas en mano de obra y de escasa inversión de capital, de igual forma que los bienes y servicios que producen no exigen de sus trabajadores gran cualificación.
En España trabajan, fundamentalmente, en las actividades de recuperaciones y reciclaje (32%), servicios personales y sociales (16%), construcción (12%), artes gráficas (8%), jardinería y explotaciones forestales (6%), fabricación de muebles (5%), industria textil (4%) y otras, como la industria manufacturera y transporte y mensajería.
Las comunidades autónomas de Cataluña, Andalucía y Madrid acogen a un total de 84 de estas empresas (57%). Les siguen Aragón (11), Navarra (10), País Vasco (9), Castilla y León (8), Canarias (6), Comunidad Valenciana (5), Murcia (4), Asturias y La Rioja (3) y Baleares, Castilla-La Mancha, Extremadura y Galicia, con una empresa cada una.
LA NUEVA NORMA
Según el contenido del proyecto de ley remitido por el Gobierno al Congreso de los Diputados (hasta ahora la legislación que regulaba este tipo de empresas venía recogida en normas dictadas en once comunidades autónomas), las empresas de inserción deberán estar promovidas y participadas por entidades promotoras al menos en un 51% del capital social.
Además, deberán mantener un porcentaje de trabajadores en proceso de inserción del 30% de la plantilla durante los tres primeros años y del 50% a partir del cuarto. También, deberán reinvertir, al menos, el 80% de los resultados a la mejora de sus estructuras productiva y de inserción.
Por otro lado, las empresas de inserción y los trabajadores podrán celebrar contratos de trabajo temporal de fomento de empleo, que tienen por objeto la prestación voluntaria de servicios retribuidos por cuenta ajena en una empresa de inserción como parte esencial de un itinerario personalizado, y podrá concertarse por un periodo mínimo de 12 meses y máximo de 3 años.
Asimismo, podrán suscribirse contratos de trabajo de carácter indefinido o duración determinada ajustándose a las modalidades contempladas en la legislación laboral vigente.
Se pretende, por otro lado, que con la regulación de las empresas de inserción aumente el número de personas excluidas socialmente que serán atendidas en procesos de inserción sociolaboral. Desde el punto de vista de las políticas públicas, se trata de sustituir políticas pasivas por activas.
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