28 de noviembre de 2024
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Sindicatos y patronal de la madera firman el convenio del sector, que afectará a 20.000 trabajadores andaluces

Sindicatos y patronal de la madera firman el convenio del sector, que afectará a 20.000 trabajadores andaluces

 Las Federaciones de Madera de CC.OO. y UGT (Fecoma-CC.OO. y MCA-UGT) y la patronal Confemadera firmaron ayer el tercer convenio estatal del sector, que tendrá una vigencia de cinco años y afectará a 248.100 trabajadores, de los que 20.000 se hallan en Andalucía.

El convenio recoge un incremento salarial del IPC previsto más el 1,3 por ciento para cada uno de los cinco años de vigencia, y contempla también cláusula de garantía salarial para proteger a los trabajadores de las desviaciones de inflación sobre las previsiones del Gobierno.

Se contempla además la posibilidad de que los trabajadores vean incrementados sus niveles de renta en 150 euros brutos en caso de que el nivel de absentismo no supere el tres y cuatro por ciento a título colectivo o individual, o el dos y el tres por ciento en empresas de menos de 30 trabajadores.

De acuerdo con lo pactado por sindicatos y empresarios, la duración de la jornada anual de trabajo efectivo pasará de las 1.760 horas de este año a 1.752 horas entre 2008 y 2011, lo que supondrá una reducción de ocho horas. Los convenios de ámbito inferior que tengan una jornada anual inferior a la pactada mantendrán las condiciones más beneficiosas hasta igualarse.

Según resaltó MCA-UGT en un comunicado, uno de los aspectos más destacados de este convenio será la creación de una comisión de trabajo encargada de estudiar la creación de una fundación laboral para el sector de la madera. Esta fundación tendrá como ejes de acción fundamentales la formación, la prevención de riesgos y la promoción del propio sector de la madera.

En el convenio también se contempla la posibilidad de que el trabajador, al alcanzar los 61 años, opte voluntariamente por la jubilación parcial a través de la modalidad del contrato de relevo, de forma que cuando se produzca el cese definitivo del trabajador relevado, el contrato del relevista se transformará en indefinido.

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