18 de noviembre de 2024
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Los sindicatos franceses abren la puerta a la reforma del mercado de trabajo

Los sindicatos franceses abren la puerta a la reforma del mercado de trabajo

Tres centrales sindicales francesas -Fuerza Obrera, la Confederación Francesa de Cuadros y la Confederación Francesa de Trabajadores Cristianos- han dado su visto bueno al proyecto de modernización del mercado de trabajo redactado por el Gobierno permitiendo así que el texto, que necesitaba el acuerdo de al menos tres sindicatos, pueda salir adelante.

Los agentes sindicales anunciaron que firmarán el proyecto al considerar que comporta avances suficientes para los trabajadores. Una de las principales centrales sindicales, la Confederación General del Trabajo, no obstante, había anunciado que no se sumaría.

La posición de las organizaciones signatarias se explica, entre otras cosas porque sus dirigentes temían un endurecimiento del texto por la presión de la UMP, el partido de la mayoría gubernamental, si se dejaba al Gobierno su redacción.

Los principales aspectos del texto son los siguientes: -Periodo de prueba. Actualmente, está fijado por el sector y el más habitual es de tres meses renovables una vez en el caso de los cuadros y de un mes renovable para los no cuadros.

Con el nuevo texto, el periodo de prueba interprofesional será de entre uno y dos meses para obreros y empleados; entre dos y tres meses para capataces y de entre tres y cuatro meses para los cuadros.

No obstante, el empleador podrá optar por periodos más cortos. Es el sector quien debe también fijar la duración de la renovación, que no podrá superar los cuatro, seis u ocho meses, respectivamente.

-La ruptura del contrato. Es una de las novedades del acuerdo porque contempla una tercera modalidad aparte del despido o la dimisión, que es la del "mutuo acuerdo" de empleado y empleador, aspecto por la que la patronal francesa había batallado mucho y que abrirá la puerta a indemnizaciones por la ruptura del contrato y a prestaciones por desempleo.

-El contrato por obra o servicio. Reivindicado básicamente por las empresas de asesoría y las de informática, se crea a título experimental y recurrir a él está subordinado a un acuerdo sectorial.

Es un contrato para una misión concreta o por objetivos, dirigido a ingenieros y cuadros, de una duración mínima de 18 meses y máxima de 36 que no puede ser renovado.

Para diluir los temores sindicales de que este nuevo contrato comience a proliferar, la patronal accede a que pueda rescindirse un año tras después de firmado a iniciativa tanto del patrono como del asalariado siempre que exista un motivo "real y serio".

En todos los casos, si el contrato se rescinde, el asalariado tendrá derecho a una indemnización igual al 10% de su remuneración total bruta.

TRANSFERENCIA DE DERECHOS

– La transferencia de derechos. Para garantizar la trayectoria profesional, el asalariado cuyo contrato se rescinda mantendrá el 100% de su derecho individual a la formación adquirido en su antigua empresa, que será igual a 20 horas anuales con un límite de 120 horas, de las que podrá hacer uso con caracter prioritario mientras sea solicitante de empleo y de acuerdo con el nuevo empleador durante los dos años siguientes a su nuevo contrato.

Por lo que se refiere a la cobertura complementaria de salud, los asalariados podrán conservarla durante un tercio del tiempo de su derecho a la prestación por desempleo y no podrá ser inferior a tres meses.

– Los jóvenes. Otra de las novedades importantes del texto acordado es la duración de las becas de fin de carrera, que se tendrá en cuenta en la duración del periodo de pruebas.

Además, los jóvenes de menos de 25 años demandantes de empleo, es decir los que no tienen derecho al Salario Mínimo de Inserción (RMI, según sus siglas en francés) y que no hayan trabajado el tiempo suficiente para tener derecho a paro tendrán una prima cuando se inscriban en la Agencia de Empleo.

– Indemnización mínima de despido. Llegará hasta un quinto del salario mensual por año de antiguedad a partir de un año de estancia en la empresa, lo que equivale a doblar la indemnización durante los diez primeros años.

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