Los datos del paro del pasado mes de abril terminaron con 86.260 parados menos y 182.577 empleos más, según datos adquiridos por Trabajo y Seguridad Social. En total se registraron más de 3.022.503 personas desempleadas que, pese a seguir siendo un dato elevado, se trata de la cifra más baja en un mes de abril desde el año de la crisis financiera del 2008. Además, todo parece indicar a que, debido al periodo estival y las contrataciones de verano, sobre todo en el sector hostelero, habrá un aumento de empleados durante los meses siguientes.
Además destaca el tipo de contrato, donde los indefinidos cobran relevancia y sus cifras baten récord gracias a las reforma laboral. Sin embargo, la mayoría son a tiempo parcial: un 297%.
De esta cifra de parados que estén cobrando el subsidio por desempleo, tienen la opción de seguir trabajando por cuenta ajena a la vez que recibiendo los ingresos del paro, según informa el SEPE. Sin embargo, hay algunos aspectos a tener en cuenta para que esto pueda darse:
- La persona que esté cobrando el paro y opte por mantener un empleo a tiempo parcial a la vez puede elegir entre interrumpir el cobro mientras estén contratados por la empresa o compatibilizarlo con la ayuda. Si se trata de la primera opción, podrá reaunudar el paro si el contrato ha tenido una duración menor a 360 días. Si pasa esa cantidad de tiempo, la persona podría solicitar otra ayuda donde se actualicen las cotizaciones. Para ello tendrá que empezar en un trabajo a tiempo parcial y mantenerse como demandante de empleo. Además, si la persona es despedida de un empleo a tiempo completo pero tambien tiene uno a media jornada, se considerará su situación como de desempleo legal y podrá acceder a la prestación también.
- La duración de la prestación. Se calculará teniendo en cuenta todos los periodos cotizados que no hayan sido utilizados en los seis años anteriores a la situación de desempleo. La duración de dicha prestacion no cambiará cuando la compatibilice con un trabajo a tiempo parcial.
- La cuantía de la prestación. Se tratará de una cifra inferior ya que su trabajo se tarta de uno a tiempo parcial. Su importe se calculará según los últimos 180 días trabajados antes del cese. Además, solo podrá cobrar hasta el 75% del salario mínimo interprofesional anualmente, hasta 723,75 euros al mes.
Sea como sea, cabe destacar la necesidad de avisar siempre a la oficina de empleo de tus intenciones.
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