Telefónica de España destinará aproximadamente 2.900 millones de euros antes de impuestos a cubrir el plan de bajas voluntarias que recogía el primer Convenio Colectivo de Empresas Vinculadas (CEV) que suscribió la empresa con los sindicatos mayoritarios.
Según explica la empresa en un comunicado remitido a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), la cantidad destinada al ‘Plan de Suspensión Individual’ se recogerá como gasto de personal no recurrente en el ejercicio 2015.
La empresa calcula que esta iniciativa, que está alineada con los esfuerzos por seguir avanzando en su «transformación y simplificación» y que permitirá una mayor eficiencia en gastos desde 2016, generará un ahorro medio anual de gastos directos de alrededor de 370 millones de euros a partir del segundo año.
En esta línea, la operadora, que ya ha abierto el plazo de inscripción para adherirse al Plan, añade que el impacto de estas medidas será «positivo desde el primer año» en la generación de caja.
Por otro lado, Telefónica reitera los objetivos fijados para el 2015, que excluyen gastos de reestructuración no recurrentes como los mencionados anteriormente, y confirma sus compromisos de remuneración al accionista para el 2016.
La fórmula de suspensión individual, con carácter «voluntario y universal», estará abierta a empleados a partir de 53 años que se puedan acoger a estas bajas voluntarias a cambio de reducir su salario. La empresa mientras tanto seguiría costeando la Seguridad Social del trabajador.
El programa voluntario de suspensión individual de la relación laboral tiene una duración de dos años a partir del 1 de enero de 2016 y pretende facilitar la voluntaria suspensión individual del contrato de trabajo por mutuo acuerdo.
El objetivo es incentivar la baja en la empresa con fórmulas suspensivas que mantengan el vínculo con el empleado y a su vez promuevan en los trabajadores de mayor edad la conciliación de la vida laboral y personal y la capacidad de tener tiempo y medios de vida suficientes para que cada trabajador cuide durante el período suspensivo de mejorar su propia empleabilidad para su vida laboral futura incluso en otros sectores económicos.
El programa garantiza la percepción de una renta mensual equivalente al 68% del salario regulador acreditado en el momento de la suspensión hasta que cumpla 65 años. Asimismo, se reintegrará a los empleados el coste del Convenio Especial con la Seguridad Social que acrediten haber suscrito hasta los 65 años o fecha en que puedan acceder a la jubilación ordinaria.
Asimismo, el trabajador tendrá la opción de reincorporarse a la empresa transcurridos tres años desde la fecha de la suspensión o de la finalización de cualquiera de sus prórrogas, debiendo en tal caso preavisar a la empresa con una antelación mínima de un mes.
De no mediar denuncia por ninguna de las partes, el pacto se prorrogará de tres años en tres años hasta que se dé algunas de las causas de terminación del pacto previstas.
Los comentarios están cerrados.