El Diario Oficial de Castilla-La Mancha ha publicado este miércoles la Orden de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de modificación de horarios del personal funcionario de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
En virtud de esta Orden, la duración de la jornada de trabajo en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos públicos será, con carácter general, de 35 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual, hasta un total de mil quinientas cincuenta y cuatro horas de jornada máxima anual.
La jornada anual se distribuye, a efectos de su cómputo, de forma mensual, resultando de obligado cumplimiento, en cada uno de los meses naturales del año, el número de horas que resulte de multiplicar el número de días laborables del mes por el promedio de siete horas diarias.
Con carácter excepcional, la distribución de la jornada anual a efectos de su cómputo podrá ser irregular en función de las necesidades organizativas de cada centro, dependencia o unidad administrativa, respetando en todo caso los periodos mínimos de descanso diario y semanal.
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