La Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral ha dictado una resolución por la que el personal laboral tendrá derecho a disfrutar de seis días anuales de permiso por asuntos particulares o de los días que en proporción correspondan si el tiempo de prestación de servicios fuese inferior al año, redondeando al alza las fracciones iguales o superiores a la mitad.
Según publica el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, esta resolución, del 24 de septiembre, viene a modificar el artículo 65.1 del VII Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, suscrito en 2013 entre la Administración regional y las organizaciones sindicales FSC-CCOO, CSI.F, FSP-UGT y STAS-CLM.
Dicho artículo establecía que el personal laboral tendría derecho a disfrutar de tres días anuales de permiso por asuntos particulares o de los días que en proporción correspondan si el tiempo de prestación de servicios fuese inferior al año, redondeando al alza las fracciones iguales o superiores a la mitad.
VII Convenio Colectivo
Este acuerdo fue adoptado en la reunión de 17 de septiembre de 2015, por la comisión negociadora del VII Convenio colectivo para el personal laboral al servicio de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
El director general de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral, Eduardo del Valle, ha ordenado la inscripción de la citada modificación en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos, con notificación a la Comisión Negociadora.
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