29 de noviembre de 2024
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España levanta las restricciones laborales a los ciudadanos croatas

España ha levantado las restricciones laborales a los ciudadanos croatas desde este miércoles, al igual que Bélgica, Francia, Alemania, Chipre, Italia, Grecia y Luxemburgo.

Por el contrario, Austria, Malta, Países Bajos, Eslovenia y Reino Unido han decidido mantener las restricciones laborales a los croatas durante tres años más.

El resto de Estados miembros ya había levantado las restricciones desde el 1 de julio de 2013, fecha en la que Croacia entró en la Unión Europea.

La comisaria de Empleo y Asuntos Sociales, Marianne Thyssen, ha considerado «positiva» la decisión de más Gobiernos de levantar las restricciones laborales a los croatas porque «la movilidad laboral puede ser una oportunidad tanto para los trabajadores como para las economías de acogida». «Necesitamos garantizar que el sistema sea justo para todos», ha concedido con todo.

El Ejecutivo comunitario concluyó en un informe publicado el pasado 29 de mayo que la llegada de croatas a otros Estados miembros «probablemente sería pequeña» y resultaba «improbable» que tuviera un impacto negativo en los mercados laborales nacionales.

En virtud de las negociaciones de adhesión, los Estados miembros se reservaron el derecho de aplicar temporalmente restricciones laborales a los ciudadanos croatas.

El periodo de transición cubre siete años y los acuerdos de transición finalizan de forma irrevocable el 30 de junio de 2020. En el caso de los primeros dos años, cuyo plazo vencía este martes 30 de junio, 13 Estados miembros (España, Austria, Bélgica, Chipre, Francia, Alemania, Grecia, Italia, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Eslovenia y Reino Unido) aplicaron restricciones y reclamaron un permiso de trabajo para los croatas.

En la segunda fase de transición, que dura tres años, los países pueden mantener las restricciones si lo notifican de antemano a la Comisión Europea y en los últimos dos años del periodo de transición también pero sólo si existe «un serio riesgo de perturbación en su mercado laboral» y tras notificarlo a Bruselas.

Los Estados miembros pueden levantar las restricciones en cualquier momento durante los siete años y también las pueden reintroducirlas en el caso de riesgos o amenaza de perturbación seria del mercado laboral.

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