24 de noviembre de 2024
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Los beneficiarios de la nueva ayuda a parados deberán aceptar cualquier oferta «adecuada» de empleo

 

El Gobierno y los agentes sociales han firmado este lunes el acuerdo sobre el Programa Extraordinario de Activación por el Empleo, que incluye una ayuda de 426 euros al mes (80% del Iprem) durante seis meses y la obligación de llevar a cabo un itinerario diseñado por los servicios públicos de empleo con la idea de que el beneficiario se reincorpore cuanto ante al mercado de trabajo.
   Según la redacción del acuerdo, que estará vigente desde el 15 de enero hasta el 15 de abril de 2016 y podrá ser prorrogado, se tendrá en cuenta la voluntad de la persona a la hora de trabajar, de modo que sólo se podrán beneficiar del programa quien haya perdido su último empleo de forma «involuntaria» y quienes acepten cualquier oferta de empleo «adecuada», entre otros supuestos.
¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?
   Concretamente, los entre 400.000 y 450.000 beneficiarios de la nueva ayuda deberán ser desempleados de larga duración que hayan tenido empleo en el pasado, los que busquen activamente en el presente y hayan agotado las prestaciones del Prepara, Prodi o la tercera Renta Activa de Inserción hace más de seis meses, sin tener actualmente otras rentas.
   Por otro lado, estas personas deben tener responsabilidades familiares y estar inscritas como demandantes de empleo a 1 de diciembre de 2014 (deben haberlo estado al menos durante 12 meses durante los 18 meses anteriores).
   Asimismo, los beneficiarios deberán suscribir en el momento de la solicitud un compromiso de actividad en virtud del cual realizarán las acciones que determinen los servicios públicos de empleo o las agencias de colocación que actúen en colaboración con ellos. Así, los solicitantes deberán, con carácter previo, realizar una búsqueda activa de empleo y acreditarla. El pago de la ayuda se realizará una vez se acrediten los requisitos establecidos y esta búsqueda activa de empleo durante el plazo de un mes.
   A continuación, el acuerdo suscrito señala que el beneficiario del programa tiene como condición «no rechazar ninguna oferta de empleo», ya que ello supondrá «la baja en el programa y en la percepción de la ayuda de acompañamiento».
   Las actuaciones a realizar en el desarrollo del programa podrán ser de orientación profesional e intermediación, de formación o reconocimiento de la experiencia profesional, de asesoramiento para el autoempleo y el emprendimiento.
COMPATIBLE CON EL EMPLEO.
   Otra de las características del programa es que podrá compatibilizarse con el empleo. En estos casos, la contratación del beneficiario por parte de la empresa podrá formalizarse bajo la modalidad de contrato a tiempo completo o parcial, que «podrá ser objeto de incentivos adicionales para el empleador».
   Por otro lado, se diseñará un contrato con agencias de colocación dirigido a la inserción de los beneficiarios y se les dotará de prioridad en las acciones formativas financiadas a través de las correspondientes convocatorias a nivel estatal.
LA FINANCIACIÓN DEL PLAN.
   En el ámbito de la financiación, el acuerdo detalla que el programa conlleva un incremento del 16,8% de los recursos destinados en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) para 2015 a las políticas activas de empleo, que se sumarán a los recursos propios que cada comunidad autónoma destine.
   Además, una parte de este mayor gasto estatal disponible en 2015 se distribuirá entre las comunidades autónomas en función del desarrollo efectivo del programa, así como de los resultados logrados.

El Gobierno y los agentes sociales han firmado este lunes el acuerdo sobre el Programa Extraordinario de Activación por el Empleo, que incluye una ayuda de 426 euros al mes (80% del Iprem) durante seis meses y la obligación de llevar a cabo un itinerario diseñado por los servicios públicos de empleo con la idea de que el beneficiario se reincorpore cuanto ante al mercado de trabajo.

   Según la redacción del acuerdo, que estará vigente desde el 15 de enero hasta el 15 de abril de 2016 y podrá ser prorrogado, se tendrá en cuenta la voluntad de la persona a la hora de trabajar, de modo que sólo se podrán beneficiar del programa quien haya perdido su último empleo de forma «involuntaria» y quienes acepten cualquier oferta de empleo «adecuada», entre otros supuestos.

¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?

   Concretamente, los entre 400.000 y 450.000 beneficiarios de la nueva ayuda deberán ser desempleados de larga duración que hayan tenido empleo en el pasado, los que busquen activamente en el presente y hayan agotado las prestaciones del Prepara, Prodi o la tercera Renta Activa de Inserción hace más de seis meses, sin tener actualmente otras rentas.

   Por otro lado, estas personas deben tener responsabilidades familiares y estar inscritas como demandantes de empleo a 1 de diciembre de 2014 (deben haberlo estado al menos durante 12 meses durante los 18 meses anteriores).

   Asimismo, los beneficiarios deberán suscribir en el momento de la solicitud un compromiso de actividad en virtud del cual realizarán las acciones que determinen los servicios públicos de empleo o las agencias de colocación que actúen en colaboración con ellos. Así, los solicitantes deberán, con carácter previo, realizar una búsqueda activa de empleo y acreditarla. El pago de la ayuda se realizará una vez se acrediten los requisitos establecidos y esta búsqueda activa de empleo durante el plazo de un mes.

   A continuación, el acuerdo suscrito señala que el beneficiario del programa tiene como condición «no rechazar ninguna oferta de empleo», ya que ello supondrá «la baja en el programa y en la percepción de la ayuda de acompañamiento».

   Las actuaciones a realizar en el desarrollo del programa podrán ser de orientación profesional e intermediación, de formación o reconocimiento de la experiencia profesional, de asesoramiento para el autoempleo y el emprendimiento.

COMPATIBLE CON EL EMPLEO

   Otra de las características del programa es que podrá compatibilizarse con el empleo. En estos casos, la contratación del beneficiario por parte de la empresa podrá formalizarse bajo la modalidad de contrato a tiempo completo o parcial, que «podrá ser objeto de incentivos adicionales para el empleador».

   Por otro lado, se diseñará un contrato con agencias de colocación dirigido a la inserción de los beneficiarios y se les dotará de prioridad en las acciones formativas financiadas a través de las correspondientes convocatorias a nivel estatal.

LA FINANCIACIÓN DEL PLAN

   En el ámbito de la financiación, el acuerdo detalla que el programa conlleva un incremento del 16,8% de los recursos destinados en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) para 2015 a las políticas activas de empleo, que se sumarán a los recursos propios que cada comunidad autónoma destine.

   Además, una parte de este mayor gasto estatal disponible en 2015 se distribuirá entre las comunidades autónomas en función del desarrollo efectivo del programa, así como de los resultados logrados.

 

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