Jose Antonio de Ros, director general de Eres Relocation Services, consultora especializada en la gestión de expatriados, ha analizado durante la jornada “La nueva ley de emprendedores, ¿cómo afecta a la contratación de extranjeros en medianas y grandes empresas?”, celebrada en el IESE, los cambios que introduce la ley de emprendedores en la regulación de expatriados en nuestro país.
Angela Mª Gallifa, Directora de Investigación de IESE y coordinadora del proyecto afirmó que esta ley facilita la contratación de talento, lo que conlleva la transferencia de información y tecnología entre países, especialmente beneficiosa cuando se realiza desde estados con mayor desarrollo que España, efecto clave para la innovación de nuestras empresas.
La primera conclusión que se extrajo durante el encuentro, que reunió a Directores de Recursos Humanos de grandes empresas españolas, fue que esta nueva norma – que coexiste con la actual ley de extranjería – ofrece mayores facilidades para la contratación de “talento” internacional, y para la creación de empresas por parte de extranjeros en nuestro país. A través de la nueva ley se pretende favorecer la internacionalización de la economía española y atraer inversión y talento a España. Para Jose Antonio de Ros, “estas medidas van a lograr una mayor competitividad de la economía española”. Se trata de una reforma que va a ayudar a que las empresas españolas se internacionalicen y den el salto definitivo al exterior.
La nueva ley, además de otorgar la autorización de residencia a aquellos ciudadanos no comunitarios que adquieran bienes inmuebles en España – por valor igual o superior a 500.000€ –, va mucho más allá y modifica las características de los supuestos por los que se puede acceder a la residencia legal en nuestro país. El primero de estos supuestos es ser considerado inversor; para ello, el ciudadano debe adquirir títulos de deuda pública española por un valor igual o superior a 2 millones de euros, o acciones/participaciones sociales de empresas españolas o depósitos bancarios en entidades financieras españolas por un valor igual o superior a 1 millón de euros. También se concederá en el caso de desarrollar un proyecto empresarial que sea considerado de interés general – creación de puestos de trabajo, inversión con impacto socioeconómico relevante, aportación a la innovación científica y/o tecnológica.
Otro de los supuestos que la ley ha introducido es el de emprendedor. Se considerará emprendedor a todo aquel que desarrolle una actividad de carácter innovador y posea un especial interés económico para España – creación de puestos de trabajo, (o aporte de un) valor añadido para la economía española –. También se valorará el perfil profesional del solicitante y su plan de negocio, incluyendo el análisis de mercado, servicio o producto, y la financiación.
El tercero de estos supuestos se refiere a la contratación de talento extranjero, o profesionales altamente cualificados. En este sentido, la legislación incorpora grandes novedades. Como profesional altamente cualificado se entiende cualquier experto, independientemente de los estudios que posea. Para su incorporación a una empresa española, basta con acreditar la intención de iniciar una relación laboral o profesional – incluidos contratos mercantiles.
Además, los requisitos de las empresas que contraten a estos profesionales altamente cualificados también se han modificado. Con esta nueva ley, para poder presentar la solicitud a través de la Unidad de Grandes Empresas basta con que las empresas cumplan con alguno de los de requisitos marcados:
• Plantilla superior a 250 trabajadores en empresa o grupo de empresas.
• Cifra neta anual de negocios superior a 50 millones de euros
• Fondos propios o patrimonio neto superior a 43 millones de euros.
• Inversión bruta del exterior no inferior a 1 millón de euros en los 3 años anteriores o stock inversor superior a 3 millón de euros.
• Pertenencia a un sector considerado estratégico (PYMES).
• Proyecto empresarial considerado de interés general (creación o mantenimiento del empleo, inversión extraordinaria, etc.).
• Que el futuro trabajador sea graduado o postgraduado de universidades y escuelas de negocios de reconocido prestigio.
Otro de los supuestos que la ley modifica es la promoción de la figura de los investigadores en nuestro país. Se incluye el personal investigador altamente cualificado al servicio de organismos públicos, los investigadores acogidos en el marco de un convenio por organismos públicos o privados, los técnicos y científicos altamente cualificados para trabajos de investigación en centros de I+D o entidades empresariales españolas y los profesores contratados por universidades, órganos o centros de educación superior e investigación o escuelas de negocio en España.
El último de los supuestos se refiere a los traslados intraempresariales. En este caso, basta con que el trasladado a España haya tenido una relación laboral o profesional previa de 3 meses, y que tenga una titulación superior legalizada o 3 años de experiencia.
Finalmente, la nueva ley introduce modificaciones sustanciales en lo que se refiere al procedimiento de tramitación de las autorizaciones de trabajo y residencia. Las solicitudes se pueden presentar a través de cualquier registro público y el tiempo de tramitación se reduce a
20 días con silencio positivo. Si el trabajador se encuentra en España en situación legal, en el momento de presentar la solicitud, no será necesario el trámite del visado. Las autorizaciones y sus posteriores renovaciones tendrán una duración de dos años y los familiares estarán autorizados a trabajar. Los extranjeros de empresas que realicen sus actividades en el extranjero podrán renovar aun existiendo ausencias superiores a seis meses.
Jose Antonio de Ros concluye, “La Ley de Emprendedores supone un cambio importantísimo para los procedimientos de inmigración de personal cualificado, tanto por la ampliación de supuestos, como por la simplificación de trámites y tiempos, que sitúa a España al nivel de otros países europeos. Esta ley claramente facilitará la implantación de proyectos internacionales en nuestro país”.
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