La Audiencia Nacional ha fallado a favor de Federación de Servicios de UGT (FeS-UGT) y de la Confederación de Sectores Financieros y Administrativos de CC.OO. (Comfia-CC.OO.) y ha declarado vigente el convenio colectivo en el sector de las empresas de trabajo temporal (ETTs), que afecta a cerca de 400.000 trabajadores.
Los sindicatos habían planteado un conflicto colectivo contra las patronales del sector Asempleo y Fedett como consecuencia de la decisión empresarial de poner fecha de finalización a la aplicación del convenio colectivo estatal de las ETTs, alegando haber decaído por aplicación del limite de un año de la ‘ultraactividad’ (prórroga automática de un convenio en ausencia de otro) establecida en la reforma laboral.
La sentencia avala el criterio de los sindicatos, que argumentaron que el convenio sectorial incluye una cláusula que establece que éste mantendrá su vigencia en tanto no se logre un acuerdo expreso.
Concretamente, la sentencia señala que «las partes pactaron, aunque nada les impedía, entonces como ahora, haber pactado otro régimen de ‘ultraactividad’, o, incluso, ningún tipo de ‘ultraactividad’, que una vez denunciado el convenio, perdería su contenido obligacional, manteniendo vigente, por consiguiente, su contenido formativo».
«La posibilidad de limitar la ‘ultraactividad’ a un año siempre ha estado disponible para las partes, y escogieron no establecerla, por lo que mal puede decirse que no era su voluntad desplazar el régimen de ‘ultraactividad’ anual que el legislador ahora propone de modo subsidiario», añade.
Comfia-CC.OO. y FeS-UGT esperan que esta resolución sirva de referente para todo el sector. De hecho, La Audiencia Nacional ya dio la razón a UGT y CC.OO. hace dos semanas y confirmó de igual forma la vigencia del convenio colectivo nacional de los servicios de prevención ajenos, que las patronales del sector (Aspa, Anepa y Asprem) consideraron finalizado por aplicación de la reforma laboral.
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