Recursos Humanos RRHH Digital El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) ha reconocido el derecho por parte de los trabajadores de la Empresa de Gestión Ambiental de la región (Geacam) de cobrar una parte de la paga extraordinaria de diciembre de 2012, que la empresa había suprimido en base al Real Decreto 20/2012 de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.
Según señala la sentencia, proporcionada a los medios de comunicación por el sindicato CC.OO., las pagas extraordinarias se consideran como parte del patrimonio del trabajador como un derecho consolidado y no como «una mera expectativa», sin perjuicio, añade, «de que quede diferido para un momento posterior».
Así, estima la petición hecha por los sindicatos UGT y CC.OO. para que se reconozca el derecho de los trabajadores a la percepción de la parte proporcional de la paga extraordinaria de diciembre de 2012 por el periodo del 1 al 14 de julio.
Todo ello en base a que, añade el TSJCM, el Real Decreto de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad que suprimía esa paga extra entró en vigor el 15 de julio «sin que se pueda atribuir al mismo efecto retroactivo».
No obstante, el Alto Tribunal castellano-manchego desestima las otras peticiones hechas por los representantes de los trabajadores como la no prórroga en el año 2013 de la reducción salarial del 3% establecida en la Ley de Presupuestos de Castilla-La Mancha de 2012.
También rechaza la petición hecha por los sindicatos para que se declarara nula la supresión de la paga extraordinaria de Navidad establecida en el Real Decreto 20/2012 de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.
Desde CC.OO., han señalado que tras este fallo del TSJCM los trabajadores vienen a demostrar «una vez más» que el Gobierno regional y en particular esta empresa «actúan de forma chapucera y están despilfarrando recursos públicos, eso sí, pretenden que sean los trabajadores los que se hagan cargo de esas chapuzas».
Este fallo es consecuencia del juicio que se celebró el pasado 17 de octubre en el TSJCM y en el que tanto UGT como CC.OO. hacían estas reclamaciones a la empresa pública.
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