RRHH Digital El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso interpuesto por el banco de Caja España-Duero contra la pretensión de UGT, CCOO y Unión de Empleados de Ahorro de que se declarara el derecho de los trabajadores prejubilados acogidos al acuerdo de fusión a mantener tanto el seguro médico colectivo, como la cesta de Navidad a los empleados provenientes de la entidad salmantina.
El Supremo sostiene que «la voluntad de mantener los beneficios no se vio alterada ni por los acuerdos sobre prejubilaciones, ni por los pactos colectivos que surgieron al socaire de la fusión empresarial, dado que nada de ello se reseñaba al respecto, manteniéndose, en cambio, con carácter general, las condiciones originarias. Por consiguiente, no cabe la supresión en la forma en que se llevó a cabo; debiendo la empresa acudir, en su caso, a la correspondiente negociación -como, al parecer, ha sucedido con posterioridad, lo que se reflejará en su caso en relación con un periodo temporal posterior-.»
La sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional de 15 de marzo de 2012 estimó la demanda de estos colectivos, concretando el reconocimiento de los derechos a «la reposición en el disfrute del seguro sanitario ADESLAS, así como a la cesta de Navidad».
El seguro médico con la compañía ADESLAS venía siendo disfrutado por los trabajadores activos y los prejubilados de la antigua Caja Duero a raíz de la decisión adoptada el 25 de octubre de 2002 por el consejo de administración de la empresa. Tal reconocimiento no quedó alterado ni por el denominado «Plan de prejubilaciones de 2006», ni por la fusión con Caja España.
Pese a que el Plan de prejubilaciones de 2006 de Caja Duero establecía una equiparación entre los prejubilados y el personal pasivo, la empresa siguió abonando a los prejubilados el seguro médico indicado, beneficio éste que no tenía reconocido el personal pasivo de la empresa.
En el momento de la fusión con Caja España se acordó el mantenimiento de los derechos de los prejubilados en las empresas de procedencia.
La situación se mantuvo para los prejubilados hasta la fecha (16 de noviembre de 2011) en que el consejo de administración de la empresa decidió retirar a los prejubilados de Caja Duero tanto el seguro médico como la cesta de Navidad.
Según la sentencia, ambos beneficios nacieron de la voluntad unilateral de la empresa -ni siquiera hay constancia del momento en que se decidió incluir a los prejubilados entre los beneficiarios de la cesta de Navidad-, y se han mantenido a lo largo del tiempo hasta que su supresión también unilateral, sin que pueda sostenerse, como pretende la empresa, que el texto de la carta que acompañaba a la cesta de Navidad fuera revelador de una concesión puntual y exclusiva para un año concreto.
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