29 de marzo de 2025
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Los retos del registro de jornada laboral para las pymes

La reforma que plantea el Gobierno en materia de jornada laboral, actualmente un anteproyecto de ley en proceso legislativo, pendiente de su debate y aprobación en el Congreso de los Diputados, introduce cambios sustanciales en el control horario que afectarán a todas las empresas, sin excepción.

  • Registro de jornada exclusivamente digital
  • Trazabilidad, autenticidad y accesibilidad inmediata
  • Multas de hasta 10.000 euros por trabajador afectado

Lejos de tratarse de un simple ajuste técnico, el nuevo modelo parte de una concepción más profunda del tiempo de trabajo. Según la exposición de motivos del anteproyecto, lo que se cede en el contrato de trabajo no es solo la actividad, sino el tiempo de vida del trabajador. En esa línea, el legislador busca asegurar que el tiempo efectivo de trabajo se respete, se controle y se documente con objetividad.

Así pues, estas son las principales exigencias del nuevo registro:

  • Solo se admitirá en formato digital, no aceptándose herramientas manuales.
  • Los trabajadores deberán fichar personalmente sus entradas, salidas y pausas.
  • Identificación inequívoca y control de modificaciones.
  • Almacenamiento obligatorio de datos durante cuatro años.
  • Disponibilidad en tiempo real para Inspección de Trabajo, representación legal y empleados.

El impacto en las pymes

Para las grandes empresas, que ya cuentan con sistemas avanzados de control horario, la adaptación será asumible. Pero las PYMEs —que representan más del 95 % del tejido empresarial español—, podrían verse desbordadas por:

  • Altos costes tecnológicos.
  • Necesidad de formación interna.
  • Rigidez en los requisitos de cumplimiento.

Si bien el objetivo es garantizar transparencia y derecho al descanso, no se han contemplado incentivos ni ayudas para facilitar la transición. Esto genera un impacto desigual según el tamaño, sector y nivel de digitalización de cada empresa.

Además, el régimen sancionador también se prevé que se vea modificado con multas más severas con la modificación propuesta del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto. A partir de ahora, no solo se sancionará la falta de registro o el falseamiento de los datos, sino que cada infracción podrá computarse de forma individual por persona trabajadora afectada. En la práctica, esto significa que un error sistemático en una plantilla de diez empleados podría implicar diez infracciones diferentes, lo que multiplica exponencialmente la cuantía total de la sanción.

Así pues:

  • Cada infracción se computará de forma individual por cada trabajador.
  • Multas entre 1.000 y 10.000 euros por trabajador afectado.
  • Errores sistemáticos pueden multiplicar las sanciones en empresas con varias personas empleadas.

Este refuerzo del efecto disuasorio puede generar problemas en casos de errores técnicos o involuntarios.

Desde la perspectiva de los trabajadores, la nueva regulación supone un avance en la garantía de sus derechos. El control horario objetivo y en tiempo real evita la realización de horas extraordinarias encubiertas, y se vincula directamente con el derecho a la desconexión digital. El texto establece expresamente que ninguna comunicación empresarial fuera de horario podrá generar represalias si no se atiende. Además, se aclara que, salvo prueba en contrario, todo el tiempo comprendido entre el inicio y fin de jornada se considerará tiempo efectivo de trabajo, lo que fortalece la posición del trabajador en posibles reclamaciones futuras.

Con todo, la norma no está exenta de sombras. La interoperabilidad y accesibilidad inmediata que exige el nuevo registro no se puede improvisar y plantea dudas sobre cómo se garantizará en entornos con conexiones limitadas, turnos irregulares o alta rotación de personal. La obligación de registro también se extiende a personas trabajadoras a tiempo parcial, cuyas jornadas deberán totalizarse mensualmente y entregarse junto con el recibo salarial, lo que introduce nuevas tareas administrativas que la mayoría de PYMEs no tienen automatizadas debido a los altos costes que tienen los softwares presentes en el mercado.

En conclusión, el nuevo modelo de registro de jornada que propone el Gobierno avanza en la línea de las exigencias europeas y responde a una demanda histórica de mayor control sobre el tiempo de trabajo. Sin embargo, su éxito dependerá de que la implantación se haga con equilibrio, acompañamiento técnico e interpretación razonable por parte de la Inspección. La ley aún debe pasar por su tramitación parlamentaria, pero las empresas harían bien en empezar a prepararse. La transformación no será inmediata, pero sí inevitable y, como en toda reforma laboral, lo importante no será solo el texto legal, sino su aplicación práctica.

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