Una empresa que rechace contratar a una persona porque fume no estará violando la legislación europea contra la discriminación en el trabajo, según ha explicado la Comisión Europea (CE).
El Ejecutivo comunitario se ha manifestado así en respuesta a la eurodiputada laborista británica, Catherine Stihler, quien había requerido su opinión sobre una oferta de empleo de una empresa irlandesa que precisaba que los fumadores se abstuvieran de presentarse como candidatos.
En su respuesta, el comisario europeo de Empleo y Asuntos Sociales, Vladimir Spidla, recuerda que la normativa europea prohíbe la discriminación por ‘origen racial y étnico, discapacidad, edad, orientación sexual, religión o creencias’.
Una oferta de empleo como la mencionada, añade el comisario, no parece guardar relación con ninguna de los tipos de discriminación prohibidos.
La portavoz del comisario, Katharina Von Schnurbein, confirmó, en declaraciones a EFE, que ‘la discriminación laboral a fumadores no está contemplada en la legislación europea’.
El hecho de que la normativa europea no prohíba tal política de contratación, precisó la portavoz, no impide que los Estados miembros que lo deseen puedan dotarse de normas nacionales que sí lo hagan.
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