Si usted, director de Recursos Humanos, tenía previsto finalizar un contrato temporal el último día de junio y comenzar uno nuevo con la entrada en vigor de la reforma laboral el 1 de julio, ya es tarde. El Gobierno, por sorpresa, hace entrar en vigor desde hoy las normas sobre encadenamiento de contratos temporales, En virtud de este texto:
«Disposición transitoria segunda. Régimen de entrada en vigor de la limitación del encadenamiento de contratos temporales.
Lo previsto en el artículo 15.5 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores será de aplicación a los trabajadores que suscriban tales contratos a partir de la entrada en vigor de este real decreto-ley.
Respecto de los contratos suscritos por el trabajador con anterioridad, a los efectos del cómputo del número de contratos, del periodo y del plazo previsto en el citado artículo 15.5, se tomará en consideración el vigente a la entrada en vigor de este real decreto-ley».
(Puede acceder al Real Decreto 5/2005 de REFORMA LABORAL en la sección de Documentación)
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