26 de noviembre de 2024
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Según UGT, la reforma de las pensiones entrará en vigor el 1 de enero de 2007

Según UGT, la reforma de las pensiones entrará en vigor el 1 de enero de 2007

El secretario de Acción Sindical de UGT, Toni Ferrer, afirmó hoy que «lo más probable» es que la reforma del sistema público de pensiones entre en vigor el 1 de enero de 2007, una vez que se tramite en el Parlamento como proyecto de Ley y se reúna el Pacto de Toledo para analizar el acuerdo alcanzado entre los agentes sociales y el Gobierno.

Ferrer indicó, al comienzo del Consejo Confederal del sindicato que ratificará dicho acuerdo, que su desarrollo normativo
requerirá unos cuantos meses y que aún no se conoce con precisión cuándo podrá entrar en vigor, pero reiteró que lo más probable es que sea a partir de enero del próximo año.

El portavoz de UGT, que aseguró que el acuerdo incorpora «mejoras incuestionables», señaló que la Comisión Ejecutiva del sindicato trasladará hoy al Consejo Confederal las bondades de dicha reforma, que resumió en la mejora del sistema de Seguridad Social, la adaptación del mismo a las nuevas realidades sociales y las medidas adoptadas para garantizar la sostenibilidad del sistema público de pensiones.

Además, indicó que este acuerdo, cuya firma está aún pendiente de fecha, debe valorarse dentro de un conjunto de medidas más amplias, como la nueva Ley de Dependencia, las medidas de conciliación de vida laboral y familiar incluidas en el proyecto de Ley de Igualdad o la subida de las pensiones mínimas.

Tras repasar las medidas incluidas en el acuerdo de pensiones, Ferrer aseguró que se trata de una reforma «equilibrada y útil» para los trabajadores, ya que supone un «avance social importante», y destacó que además el Gobierno se ha comprometido a negociar con los interlocutores sociales tanto el desarrollo reglamentario como normativo del acuerdo alcanzado.

El líder sindical también valoró que, finalmente, no se haya incluido una ampliación del cálculo de las pensiones ni se haya modificado la escala de porcentajes sobre la base reguladora, pese a que era una propuesta del Gobierno. También se felicitó de que se haya respetado la edad legal de jubilación, si bien indicó que se incentiva la permanencia en el mercado de trabajo.

Preguntado por las afirmaciones del PP, que considera que el sistema público de pensiones no podrá garantizar el pago de las mismas dentro de unos años, Ferrer acusó a los ‘populares’ de tener el interés de «generar una situación de alarma», y aseguró que el sistema actual permite extender prestaciones y derechos y, al mismo tiempo, adoptar medidas para garantizar su sostenibilidad futura.

También respondió a las críticas del PP sobre la reforma laboral de «mínimos», y señaló que para este partido se ha quedado «corta» porque no se ha abaratado el despido, «y alguien del PP quería abaratarlo». «Quien dice que la reforma se ha quedado corta es que no valora el diálogo social», subrayó.

Una vez que los comités de dirección de UGT y CC.OO. den hoy mismo el visto bueno al acuerdo de pensiones –CC.OO. también reúne esta tarde a su Comisión Ejecutiva–, y a falta de lo que haga la CEOE, quedará despejado el camino para que el Gobierno y los líderes sindicales y de la patronal plasmen su firma en la reforma de las pensiones.

La negociación de la reforma de pensiones comenzó formalmente en el mes de noviembre de 2005, cuando el Gobierno presentó su primer documento de propuestas en la mesa. Con la consecución de esta reforma, se da cumplimiento al compromiso que adquirieron Gobierno, patronal y sindicatos en la Declaración de La Moncloa, de julio de 2004.

PRINCIPALES MEDIDAS.

La reforma permitirá el acceso a la pensión de viudedad de las parejas de hecho; elevará hasta los 61 años la edad «efectiva» para poder acogerse a la jubilación parcial; incrementará los beneficios de prolongar la vida laboral más allá de los 65 años legalmente establecidos, y exigirá más tiempo de cotización para poder cobrar una pensión de jubilación.

En concreto, la reforma elevará el periodo mínimo de cotización para acceder a la pensión de jubilación hasta los 5.475 días efectivos de cotización, frente a los 4.700 días cotizados que se exigen en la actualidad. Esta medida será gradual y se llevará a cabo en el plazo de cinco años.

En materia de jubilación anticipada, los coeficientes reductores a aplicar sobre la pensión serán del 7,5% por cada año que falte para el cumplimiento de los 65 años para los trabajadores que tengan entre 30 y 34 años de cotización y hayan extinguido su relación laboral de manera involuntaria.

En el capítulo de la jubilación parcial, la edad para poder acceder a la misma será de 60 años para los trabajadores mutualistas y de 61 años para el resto de trabajadores (uno más que en la actualidad). En ambos casos, la edad de acceso deberá ser efectiva, y no se aplicarán coeficientes reductores de la edad de jubilación.

La exigencia de 61 años para los trabajadores no mutualistas se llevará a cabo gradualmente, en el plazo de seis años. Además, para poder acceder a la jubilación parcial será necesario que el trabajador acredite como mínimo seis años de antigüedad en la empresa, aunque este periodo se pedirá de forma paulatina.

El trabajador deberá también acreditar un amplio periodo de cotización para acogerse a esta figura, periodo que dependerá del momento en el que quiere jubilarse de manera parcial. Así, se pedirán 18 años cotizados a la entrada en vigor de la reforma, 21 años cotizados un año después, 24 años en el segundo año, 27 años en el tercer año de la reforma y 30 años a partir del cuarto.

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