23 de diciembre de 2024
RRHHDigital - El periódico online referente en Recursos Humanos

EL TS permite a ELA-STV y CIG participar en la comisión de seguimiento del Fondo de Reserva de la Seguridad Social

EL TS permite a ELA-STV y CIG participar en la comisión de seguimiento del Fondo de Reserva de la Seguridad Social

El Tribunal Supremo ha decidido anular un artículo del Real Decreto, aprobado en febrero de 2004, por el que se desarrollaba la ley reguladora del Fondo de Reserva de la Seguridad Social y que impedía a sindicatos como ELA-STV y CIG participar en la comisión de seguimiento de esta dotación.

En dos sentencias del Supremo, a las que tuvo acceso EFE, se aceptan las demandas presentadas por la Confederación Sindical Euzko Langilleen Alkartasuna-Solidaridad de Trabajadores Vascos (ELA-STV) y la Confederación Intersindical Gallega (CIG), que pretenden participar en la comisión de seguimiento del fondo de Reserva de la Seguridad Social.

Actualmente, forman parte de esta comisión -además de 5 representantes de la Administración Pública y otros cuatro de los empresarios-, por parte de los sindicatos, únicamente responsables de Comisiones Obreras (CC.OO) y Unión General de Trabajadores (UGT).

Sin embargo, en su demanda ELA-STV acreditó que obtuvo el 40,81 por ciento de total de los representantes sindicales elegidos en el País Vasco (7.912 delegados), mientras que la CIG certificó que tenía el 26,21 por ciento de total de los representantes de los trabajadores en Galicia.

Según la sentencia del Tribunal Supremo, el Real Decreto 337/2004 ‘restringe los términos de la Ley’ 28/2003 reguladora del Fondo de Reserva de la Seguridad Social, pues ‘ésta habla de cuatro representantes de los sindicatos de mayor implantación y el Real Decreto ya sólo habla de dos sindicatos de mayor implantación’.

Por tanto, ‘dadas la finalidad y cometido’ de esta comisión de seguimiento, a juicio del Supremo, ‘más se satisface el cumplimiento de sus obligaciones oyendo a cuatro voces de distintos sindicatos, que oyendo dos veces a los mismos sindicatos’.

Los sindicatos ELA-STV y CIG, en sus demandas, advertían de que en otros organismos de participación institucional se les dejó participar como es el caso del Consejo General de Instituto General de la Seguridad Social, el Consejo de Participación del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, el Consejo General del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales o el Consejo Nacional del Sistema Nacional de Empleo.

NOTICIAS RELACIONADAS

DEJA UNA RESPUESTA

Los comentarios están cerrados.

Los lectores opinan

¿Qué tendencia en RRHH crees que transformará más las organizaciones en 2025?

Ver los resultados

Cargando ... Cargando ...
Lo más leído

Regístrate en el boletín de RRHHDigital

* indicates required
Opciones de Suscripción
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante, "LOPD"), EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., le informa de que los datos de carácter personal que nos ha proporcionado mediante la cumplimentación de cualquier formulario electrónico que aparece en nuestras Web Site, así como aquellos datos a los que EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. acceda como consecuencia de su navegación, de la consulta, solicitud o contratación de cualquier servicio o producto, o de cualquier transacción u operación realizada a través de las Webs de nuestro grupo editorial EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., serán recogidos en un fichero cuyo responsable es EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. provista de CIF B86103140 con domicilio a estos efectos en Calle Comandante Franco, 24 28016, Madrid. Con carácter general, los datos de carácter personal que nos proporcione serán utilizados para atender sus solicitudes de información, así como informarle sobre nuevas actividades, productos y servicios de EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. Aquí puede leer nuestro aviso legal y política de privacidad.
rrhhdigital