Tres de cada cien trabajadores se verán obligados a retrasar su jubilación 2,12 años debido a que la reforma del sistema público de pensiones que el Gobierno está pactando con los agentes sociales incrementa el período mínimo de cotización para acceder a una prestación a 5.475 días, frente a los 4.700 actuales.
Este incremento se aplicará en un período de cinco años, ya que los actuales 4.700 días aumentarán en 77 días por cada seis meses transcurridos desde la entrada en vigor de la reforma, según fuentes de la negociación, que recordaron que el martes próximo hay otra reunión para cerrar los ‘últimos flecos’.
Con este aumento se consigue que el período de carencia sea de 15 años efectivos, no como actualmente, de 12,8 años, porque las pagas extraordinarias también se computan.
Esta modificación afectará al tres por ciento de los afiliados a todos los regímenes del Sistema de Seguridad Social, de los que el 1,83 por ciento pertenecerán al Régimen General. En cualquier caso, los trabajadores más afectados serán los afiliados al Régimen Especial Agrario, al de Empleados del Hogar y al de Trabajadores Autónomos.
Otro de los cambios que introduce la reforma para reducir los gastos de la Seguridad Social es el retraso de la jubilación parcial. Actualmente pueden acceder a ella los trabajadores con 60 años, con una antigüedad de 6 y una cotización de 30, los cuales sólo trabajan el 85 por ciento de su jornada habitual, pues el resto lo cubre otro trabajador contratado al efecto.
Para garantizar que esta elevación de la edad no afecte a los convenios colectivos y acuerdos de empresa (unos 600 en conjunto, según las fuentes) que fijan una edad para acceder a ella, las partes han consensuado una ‘cláusula transitoria’ que los valida hasta que finalice su vigencia o hasta 2010.
Así se evita que la elevación de la edad para la jubilación parcial pueda afectar a unos 6.000 trabajadores de las cajas de ahorro que ya la tienen pactada en negociación colectiva.
En cuanto a la jubilación anticipada, si la extinción de la relación laboral no es voluntaria, por cada año que falte para cumplir los 65 años -siempre que se acrediten entre 30 y 40 años de cotización- se aplicará una penalización (coeficiente reductor) del 7,5 por ciento sobre la cuantía de la pensión.
La reforma también contempla una compensación a tanto alzado de las pensiones de los trabajadores despedidos mediante un expediente de regulación de empleo antes de 2002, que, aunque sin precisar, se baraja que sea de unos 50 euros.
La Seguridad Social también pagará el 40 por ciento de las cotizaciones sociales a los trabajadores de 59 años, con una antigüedad en la empresa de 5 (ahora a los de 60 les subvenciona la mitad y a los de 94, en una escala progresiva, el 90 por ciento).
Finalmente, las partes han acordado extender la pensión de viudedad a las parejas de hecho que acrediten un período de convivencia que fijará el Parlamento, mientras que para los matrimonios será de 2 años, que no se exigirá si hay hijos en común o el cónyuge muere en accidente.
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