El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha confirmado que Telefónica realizó un «esquirolaje externo sin precedentes jurisprudenciales» a los trabajadores que se declararon en huelga durante la negociación del convenio colectivo en 2004. La empresa les sustituyó ilegalmente por otros empleados vinculados a Telefónica y les obligó a realizar una actividad «que habitualmente no desempeñan».
La Sala de lo Social del TSJC revoca así la sentencia dictada en agosto de 2005 por el Juzgado de lo Social número 18 de Barcelona y acepta el recurso de suplicación interpuesto por los Sindicatos Alternativa Sindical de Trabajadores y Comisiones de Base de Telefónica, representados por los abogados del Col·lectiu Ronda.
Según la sentencia, la huelga se convocó en el sector de telemarketing con motivo de la negociación del convenio colectivo, lo que afectó a todos los centros de trabajo en el territorio nacional de Atento Teleservicios España que, junto a Telefónica de España, forma parte del Grupo Telefónica.
Ésta última dio instrucciones a los trabajadores de los centros de atención al cliente de toda España para que, durante la huelga, realizaran el registro de averías dentro del departamento de PYMES, actividad que habitualmente no corresponde a los trabajadores de Telefónica, sino a los de Atento.
La empresa también indicó a los trabajadores sustitutos las modificaciones informáticas que debían efectuar para que las llamadas recibidas en la sección de averías llegaran a Telefónica y no se desviaran a Atento.
Según el Tribunal, «la situación expuesta constituye una nueva expresión de esquirolaje externo sin precedentes jurisprudenciales, ya que Telefónica no sólo ha movilizado sus propios medios tecnológicos y telemáticos, compartidos con Atento, para minimizar los efectos de la huelga, sino que también ha puesto a sus propios trabajadores de los centros de Barcelona a realizar una actividad que habitualmente no desempeñan por estar encomendada en exclusiva a los trabajadores de Atento».
El Alto Tribunal catalán entiende que la vulneración del derecho de libertad sindical no sólo se cometió por parte de Atento, «sino directamente por Telefónica, que fue la que obligó a sus trabajadores a realizar el papel de esquiroles en la huelga convocada por la empresa filial».
Por todo ello, el TSJC decide revocar la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 18 de Barcelona y devolver las actuaciones a dicho juzgado, para que la magistrada de instancia, «con libertad de criterio», dicte una nueva sentencia «resolviendo el fondo del asunto».
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