21 de noviembre de 2024
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Nuevo Modelo de Libro de Visitas de la Inspección de Trabajo

Nuevo Modelo de Libro de Visitas de la Inspección de Trabajo

A partir del 1 de junio de 2006, los centros de trabajo deberán contar con un nuevo modelo de Libro de Visitas de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, según lo dispuesto en la Resolución publicada hoy, 19 de abril, en el BOE.
La Resolución de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social publicada en el BOE viene a adecuar el modelo del Libro de Visitas de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social a las previsiones que sobre este documento se encuentran presentes en la Ley 42/1997 ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.
Mientras la primera norma establece en su artículo 14.3 que los funcionarios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social extenderán diligencia de su actuación en el Libro de Visitas que debe existir en cada centro de trabajo, con sujeción a lo que disponga la Autoridad Central de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, la Ley 31/1995 recoge que determinados funcionarios públicos que ejerzan labores técnicas en materia de prevención de riesgos laborales podrán desarrollar funciones comprobatorias de seguridad y salud en las empresas con el alcance señalado en el apartado 3 del mismo artículo y con la capacidad de requerimiento a que se refiere el artículo 43 de la misma Ley.
Según la resolución, las empresas están obligadas a tener en cada centro de trabajo, y a disposición de los funcionarios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y de los funcionarios técnicos habilitados para el ejercicio de actuaciones comprobatorias en materia de prevención de riesgos laborales, un Libro de Visitas, con sujeción al modelo y requisitos que se establecen en la presente Resolución. En este caso, la Inspección de Trabajo contempla la posibilidad de utilización de un Libro de Visitas electrónico, previa autorización de la Autoridad Central de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Hasta el día 1 de junio de 2006, serán válidos los Libros de Visitas de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social habilitados con anterioridad a la entrada en vigor, mañana jueves 20 de abril, de esta Resolución.

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