La Comisión Europea presentará el martes una comunicación sobre el régimen laboral de los trabajadores europeos desplazados temporalmente para ofrecer un servicio en otro país miembro y abrirá un periodo de un año en el que se asgurará de que los países de la UE cumplen la obligación legal de otorgarles los mismos derechos laborales que a sus propios ciudadanos.
La CE ha explicado que no se trata de un nuevo instrumento legislativo, puesto que Bruselas considera que la directiva sobre trabajadores desplazados, vigente desde 1996, sigue estando en vigor, sino un documento adicional para evaluar el cumplimiento de dicha norma ya existente. Posteriormente se decidirá si se presentar una propuesta de ley alternativa.
Según la ley del año 96, el Estado miembro que recibe temporalmente a un trabajador de otro país de la UE está obligado a aplicarle «las disposiciones protectoras mínimas» en vigor que aplica a sus propios ciudadanos, asegurándose de que se beneficiarán de las condiciones de trabajo en vigor en el Estado miembro de acogida».
Esta directiva se centra, principalmente, en el respeto a los periodos máximos de trabajo y los mínimos de descanso, la duración mínima de vacaciones anuales pagadas, el salario mínimo, la seguridad, la salud y la higiene en el trabajo o las condiciones de trabajo que han de aplicarse a mujeres embarazadas o por periodo de maternidad.
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