24 de noviembre de 2024
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Indemnización de 30.000 euros por el despido de una empleada embarazada

Indemnización de 30.000 euros por el despido de una empleada embarazada

La sala social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha condenado a la empresa Silhouette Optical España SA a indemnizar con 30.000 euros a una trabajadora despedida después de que comunicara a sus superiores que estaba embarazada.

Según informa el colectivo de abogados Ronda, que ha llevado el caso de esta trabajadora, S.I., la sentencia del TSJC considera la existencia de los daños y perjuicios producidos "está claramente probada" y fija una indemnización de 10.000 euros por las secuelas psíquicas causadas a la trabajadora.

También establece una indemnización por el daño moral en otros 20.000 euros, al estimar que "la demandante tuvo que padecer un menosprecio en sus derechos y en que el proceso de gestación y primera maternidad se ha visto ensombrecido por un injusto ataque a su dignidad".

S.I. prestaba sus servicios en la citada empresa desde el año 2003 con la categoría profesional de responsable de relaciones públicas, y en agosto de 2004 comunicó a sus jefes que estaba embarazada.

A mediados de septiembre, la empresa le propuso la extinción de su contrato, a lo que ella se negó, al tiempo que se empezó a encontrar mal, por lo que fue atendida en el centro de salud mental de adultos de los servicios de salud mental de Sant Andreu, donde se le diagnosticó un trastorno adaptativo mixto de ansiedad y depresión.

Tras estar de baja por este motivo y dar a luz a su hija, la demandante volvió a su trabajo en julio de 2005.

En ese momento, los responsables de la empresa le manifestaron su desagrado de que siguiera en la misma, le recomendaron que buscara un nuevo trabajo y le advirtieron que, si insistía en permanecer en Silhouette, serían educados pero "como empieces a hacer mal rollo entonces iremos a saco", según la fuente informante.

Finalmente, la empresa comunicó por carta a la trabajadora la extinción de su contrato por causas organizativas y productivas en agosto de 2005.

Por otra parte, el Tribunal rechaza por "desproporcionada dada la magnitud del perjuicio causado" la indemnización reclamada por la trabajadora, de 60.236,16 euros, correspondiente al salario de dos años.

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