20 de septiembre de 2024
RRHHDigital - El periódico online referente en Recursos Humanos

El Supremio falla contra la Diputación de Ciudad Real sobre los trabajadores no integrados en su día en el Insalud

El Supremio falla contra la Diputación de Ciudad Real sobre los trabajadores no integrados en su día en el Insalud

El Tribunal Supremo ha desestimado un recurso de casación interpuesto por la Diputación de Ciudad Real contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJC-M) que reconocía el derecho de los trabajadores de la institución que decidieron no integrarse en el entonces Instituto Nacional de la Salud (INSALUD) a recibir su salario según lo fijado por el Convenio Laboral y Acuerdo Marco de la Corporación Provincial.

Este caso se remonta a mediados de la década de los noventa, cuando unos cien trabajadores del Hospital del Carmen, propiedad de la Diputación pero integrado unos años antes en la red sanitaria nacional, cuyas funciones y salarios no fueron recogidos en los acuerdos laborales de la Diputación en aquel momento, pasaron a depender en ambos casos del INSALUD y, posteriormente, del SESCAM.

Según informó CSI-CSIF, los sindicatos, ante la importante diferencia de salario entre el INSALUD y la Diputación, reclamaron ante el TSJC-M permanecer dependiendo orgánica y económicamente de la Diputación Provincial.

En la sentencia del máximo órgano judicial regional, se establecía que era la propia Corporación Provincial la que debería hacer frente a las diferencias salariales, sentencia ante la cual ésta pedía una aclaración para, después, una vez remarcados los términos de la misma, presentar, en el año 2000, el recurso de casación, ahora resulto a favor de los trabajadores, ante el Tribunal Supremo.

Según confirmó a Europa Press Román Buitrago, del sindicado de Administración Local de CSI-CSIF, se ha pedido una reunión urgente con los actuales responsables de la institución para establecer las cantidades que se le deben a cada trabajador y ejecutar la sentencia.

En opinión de Buitrago, las cantidades, en algunos casos, pueden ser importantes, ya que los trabajadores afectados, unos ochenta en la actualidad, pueden pedir que también se añadan los intereses.

En todo caso, Buitrago señaló que, previendo que el recurso podría ser en contra, la Diputación ha venido entregando a algunos trabajadores, a año cumplido, bajo el concepto de adelanto reintegrable, las diferencias de sueldos existentes entre los hoy trabajadores del SESCAM y los de la Corporación, según categorías y funciones.

NOTICIAS RELACIONADAS

DEJA UNA RESPUESTA

Los comentarios están cerrados.

Los lectores opinan

¿Qué aspecto del trabajo híbrido consideras más importante para mantener la productividad en tu empresa?

Ver los resultados

Cargando ... Cargando ...
Lo más leído

Regístrate en el boletín de RRHHDigital

* indicates required
Opciones de Suscripción
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante, "LOPD"), EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., le informa de que los datos de carácter personal que nos ha proporcionado mediante la cumplimentación de cualquier formulario electrónico que aparece en nuestras Web Site, así como aquellos datos a los que EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. acceda como consecuencia de su navegación, de la consulta, solicitud o contratación de cualquier servicio o producto, o de cualquier transacción u operación realizada a través de las Webs de nuestro grupo editorial EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., serán recogidos en un fichero cuyo responsable es EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. provista de CIF B86103140 con domicilio a estos efectos en Calle Comandante Franco, 24 28016, Madrid. Con carácter general, los datos de carácter personal que nos proporcione serán utilizados para atender sus solicitudes de información, así como informarle sobre nuevas actividades, productos y servicios de EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. Aquí puede leer nuestro aviso legal y política de privacidad.
rrhhdigital