La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha declarado la nulidad de dos cláusulas del actual convenio colectivo de Telefónica por las que se excluía a la Confederación General del Trabajo (CGT) de la mesa de negociación por no firmar dicho convenio, según informó la propia CGT.
La sentencia reconoce que 'la no suscripción de un convenio colectivo no puede suponer para el sindicato no firmante el quedar al margen de la negociación de cuestiones nuevas', anula las cláusulas 6.1 (grupo de clasificación profesional) y 13.1 (comisión de empleo), además de aclarar el uso correcto de otros artículos del convenio, firmado en 2003 y que continúa en vigor, tras su prorroga hasta 2007.
La demanda inicial presentada por CGT contra Telefónica no fue estimada por la Audiencia Nacional, por lo que el sindicato recurrió ante el Tribunal Supremo.
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