El fallo de la Justicia argentina contra la multinacional asegura que "recibir pedidos, preparar hamburguesas, limpiar los baños y sonreír, permite descartar que su realización pudiera contribuir al enriquecimiento del supuesto trabajador en prácticas".
En Argentina, el tribunal oral número 22 condenó "la magnitud y groseras características del fraude laboral" que desplegó Mc Donald’s contra sus trabajadores en prácticas, estudiantes secundarios que soportaban "lisa y llanamente una verdadera explotación".
Por mayoría, el tribunal se pronunció así en un juicio en el que absolvió a dos ex trabajadores en prácticas que habían sido acusados por la empresa por supuesto "falso testimonio". Mc Donalds’s denunció a los jóvenes Johanna Thiele y Pablo Aval por "haber declarado falsamente" que percibían dinero en negro por el trabajo que desarrollaban en el local de la empresa en el Shopping Plaza Liniers.
La compañía fue condenada el 22 de junio de 2005 por un tribunal laboral en una causa por despido que había entablado otro trabajador en prácticas, quien dijo que el trabajo en prácticas, en realidad, "encubría un contrato de empleo". Pero el tribunal rechazó las imputaciones por lo que Mc Donald’s denunció a los dos jóvenes por supuesto falso testimonio.
El tribunal entendió que "no resulta posible afirmar con pretensión de certeza si Mc Donald’s pagaba o no un sueldo en negro a sus mal llamados trabajadores en prácticas". Sin embargo, consideraron que "no se entiende la razón por la que habríamos de sorprendernos que una empresa sea capaz de realizar pagos fuera de todo riesgo, cuando a la vez se ha comprobado que para abaratar indebidamente sus costos ha recurrido a un fraude laboral de proporciones".
"Si los jóvenes no iban a aprender sino a trabajar, si lo hacían seis veces a la semana por un mínimo de cuatro o cinco horas que se incrementaban en los días no laborables, y si esa situación se mantenía durante muchos meses y en algún caso hasta por años, no resulta absurdo pensar que tal vez la empresa haya tenido que incrementar la magra cifra de alrededor de 150 pesos mensuales que se reconoce haber abonado graciosamente en concepto de asignación estímulo", sostiene el fallo, al que tuvo acceso DyN.
El tribunal descartó que los trabajos en prácticas, establecidas durante el gobierno de Carlos Menem como supuesto entrenamiento laboral, fueran efectivamente un proceso de aprendizaje: "La naturaleza misma de las funciones desarrolladas -recibir pedidos, preparar hamburguesas, limpiar los baños y sonreír, sobre todo sonreír- permite descartar que su realización pudiera contribuir al enriquecimiento del supuesto educando".
"Nada debiera objetarse a que los jóvenes que cursan el secundario aprendan a freír papas, atender clientes o limpiar baños, pero habrá de convenirse que dentro de un plan educativo que aspire a una mínima racionalidad, asignar al aprendizaje de estos menesteres cinco horas diarias seis veces a la semana durante mucho meses y a veces hasta por años se halla tan absolutamente fuera de toda proporción que la única conclusión posible es que las cosas hayan sido exactamente como lo que parecen", añade.
El fallo es contundente al describir que "con la falacia de los trabajadores en prácticas se lograba una mano de obra que, o bien resultaba barata, o de lo contrario, se trataba lisa y llanamente de una verdadera explotación que debía ser aceptada por los jóvenes por la esperanza de convertirse en empleados efectivos".
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