Según el fallo de la sentencia, al que tuvo acceso EFE, Carrefour ha vulnerado el derecho a la libertad sindical de la demandante, la cajera Ana Belén C., y condena a la empresa 'a que se abstenga de realizar actos contrarios a la libertad sindical'.
La sentencia considera probado que Carrefour despidió a la trabajadora por su actividad sindical y detalla, entre otros argumentos, que Ana Belén colocó en el tablón de anuncios del centro comercial que la empresa tiene en Talavera de la Reina una queja sobre las condiciones de trabajo de las cajeras, en concreto que no tienen tiempo suficiente para ir al baño y que el calzado que se les proporciona es inadecuado.
La trabajadora fue contratada el 10 de noviembre de 2005 y hubo un despido verbal el 27 de octubre de 2006, tras lo cual la empleada acudió a la empresa acompañada por una compañera de CCOO y la responsable de personal le comunicó que no volviera por allí.
La sentencia establece que el despido con fecha 30 de octubre de 2006 es nulo y condena a Carrefour a readmitir a la trabajadora en las mismas condiciones laborales que tenía antes del despido y a abonarle los salarios desde esa fecha hasta que la readmisión se produzca.
El fallo declara pertinentes los daños morales reclamados por la demandante y condena a Carrefour a pagar cuatro meses de salario por un importe cercano a los 3.000 euros 'en concepto de daños morales causados por la conducta antisindical de la empresa demandada'.
Contra el fallo de la sentencia se puede interponer un recurso de suplica ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.
El secretario general de Comisiones Obreras en Toledo, Jesús García Villaraco, lamentó hoy en rueda de prensa en Talavera de la Reina que se dé esta situación 'en el siglo XXI', criticó a Carrefour por 'vulnerar los principios fundamentales de los trabajadores' y tachó la sentencia de 'ejemplar contra la práctica antisindical'.
Los comentarios están cerrados.