El Gobierno central concedió 7.427 permisos temporales de residencia por razones de arraigo en 2006. En el caso de Melilla, se hicieron efectivos 37 permisos de estas características, mientras que en Ceuta esta cifra tan sólo alcanzó las 14 autorizaciones, muy lejos de las 1.529 de Cataluña o de las 1.056 de Andalucía.
En el ámbito estatal, el grupo más numeroso de estas autorizaciones por circunstancias excepcionales es el de las concedidas por arraigo social, 6.619, seguidas por las de arraigo de hijos de padres de origen español, con 585 permisos y, por último, el arraigo laboral, con 223 autorizaciones, que gestionan las delegaciones y subdelegaciones de Gobierno, si bien dependen del Ministerio de Trabajo.
El arraigo social se concede a extranjeros que pueden acreditar su permanencia en España durante un período mínimo de tres años o un informe sobre inserción social emitido por el Ayuntamiento, mientras que el laboral requiere demostrar una relación contractual no inferior a un año.
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