La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Lleida ha admitido a trámite una denuncia por mobbing contra una jefa del Servei Territorial de Carreteres de Lleida presentada por una funcionaria que estaba a su cargo. Tanto defensa, como acusación particular, como Ministerio Fiscal tendrá ahora diez días para presentar sus acusaciones y sólo faltará dar una fecha para que se celebre el primer juicio penal por mobbing en los Juzgados de Lleida.
La denuncia se presentó en abril de 2005 y relataba nueve duros años de presuntas vejaciones, insultos y coacciones de su superior jerárquica Teresa Casals, jefa de la sección de actuación administrativa y régimen sancionador, contra la denunciante.
El acoso empezó en 1996 cuando Casals entró en calidad de jefa de sección y comenzó entonces, supuestamente, una actitud de acoso, menosprecio, a lo que debe sumarse unas coacciones hacia la funcionaria.
Según las diligencias previas al juicio dictadas el pasado 10 de enero por el Magistrado del Juzgado de Instrucción número 4 de Lleida, se le imputa a Teresa Casals un presunto delito de coacciones aunque el juez entiende que no existe un delito de lesiones psíquicas, ni un delito de trato degradante como la denunciante argumentaba.
El juez considera que hay suficientes indicios como para imputar a Casals por un delito de coacciones. Las suposiciones de criminalidad se fundamentan en distintos informes médicos que concluyen que la denunciante sufre un cuadro clínico por acoso psicológico en el medio laboral. Además, se le diagnosticó un trastorno de ansiedad generalizada.
La decisión del juez también estuvo fundamentada en diversas testificales efectuadas a compañeros de trabajo. Una trabajadora aseguró que la jefa de sección “no trataba bien a la funcionaria, que escuchaba gritos hacia ella”. “Incluso en una ocasión escuché a la Señora Casals gritarle que acabaría con ella, pero que no lo haría hasta conseguir que la echaran de su puesto de trabajo”, aseguró ante el juez la trabajadora. La misma testigo aseguró que era frecuente que la denunciante saliera corriendo, además, también era común que se dirigiera hacia ella con expresiones como tonta e inútil.
Además, también relató un episodio en que Casals presuntamente empujó con fuerza a la querellante contra un armario. Otro compañero aseguró haber visto “muchas veces a la funcionaria llorando y comentando que la Señora Casals le hacía la vida imposible, la amargaba y no encontraba bien nada de los que hacía”.
Una constante en las testificales era que la acusada ordenaba a la denunciante funciones por debajo de su categoría profesional.
El juzgado imputó a Teresa Casals por un delito de coacciones y solicitó que la defensa, el Ministerio Fiscal y las acusaciones particulares formularan sus escritos de acusación.
La decisión del juez fue recurrida a la Audiencia Provincial de Lleida, que el pasado 25 de abril desestimó todos los recursos presentados contra la decisión del magistrado del Juzgado de Instrucción número 4 de Lleida.
Con toda seguridad la defensa intentará acusar a la jefa de Carreteres de Lleida no únicamente por un delito de coacciones, sino también por lesiones psíquicas y atentado contra la integridad moral.
Ahora solamente falta que se señale una fecha para la apertura del juicio oral contra Teresa Casals.
El juez archiva la acusación a dos altos cargos de Carreteres
El Juez del Juzgado de Instrucción número 4 de Lleida y, posteriormente, la Audiencia de Lleida, acordó el sobreseimiento provisional de las actuaciones realizadas tras la denuncia de la misma funcionaria contra Jordi Benet, jefe del Servei Territorial de Carreteres de Lleida, y contra José Suárez, que era el encargado de supervisar el trabajo de la funcionaria.
El magistrado asegura que la imputación que se realiza al Señor Benet sólo puede ser por no seguir las prescripciones médicas que le habían recomendado a la funcionaria y por impedir en una ocasión que entrara al lugar de trabajo. El juez asegura que por esos hechos sólo se le podía atribuir una falta de vejaciones injustas pero que estarían prescritas.
Por otro lado, considera que el señor Suárez no efectuó ningún acoso en el ámbito laboral con trascendencia penal por lo que el magistrado considera que éste debería ser objeto del Derecho Administrativo pero no penal.
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