30 de octubre de 2024
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El TSJA invalida todas las decisiones sobre recursos humanos de la Ciudad Autónoma de Melilla desde el año 2000

El TSJA invalida todas las decisiones sobre recursos humanos de la Ciudad Autónoma de Melilla desde el año 2000
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha admitido el recurso contencioso administrativo que la Delegación del Gobierno presentó en el año 2000 contra dos acuerdos del Consejo de Gobierno por los que se aprobaron la normativa reguladora de la clasificación del personal, catalogación, provisión, valoración y retribución de los puestos de trabajo de Melilla por un lado, y la Relación de puestos de trabajo de la Ciudad Autónoma, por otro.

Según explicó el secretario general de UGT-Ayuntamiento, Antonio Fernández, esta sentencia afecta a todos los empleados públicos de la Administración local, que se elevan a más de 2.200 personas, ya que invalida todas las decisiones tomadas respecto a los recursos humanos de la Ciudad Autónoma desde el año 2000.

En concreto, la sentencia afecta a todos los actos y procedimientos administrativos, además de los puntos asignados de todos los puestos de trabajo de la Administración local en los últimos siete años. De este modo, si no se recurre el fallo judicial del TSJA, la Ciudad Autónoma tendría que retrotraerse y volver a las nóminas que los empleados públicos del Ayuntamiento tenían en el año 2000. Además, debería eliminar el actual sistema de valoración por puntos y volver a los pluses de nocturnidad y penosidad por los que se valoraban los puestos antaño.

De igual modo, se vería afectado el reparto equitativo de la masa salarial que se hizo con la valoración de puestos de trabajo para eliminar las grandes desigualdades económicas que había entre los grupos más altos y los más bajos. De hecho, la Ciudad Autónoma aprobó en este sentido una subida salarial para los Grupos E y D, mayoritarios en la Administración, que oscilaba entre 15 y 25.000 de las antiguas pesetas.

En el fallo judicial, el TSJA puntualiza que estos acuerdos de Consejo de Gobierno se declaran nulos no por cómo se hicieron, sino porque se aprobaron por la Ley 2/95, que es el Estatuto de Autonomía. En opinión del TSJA, estas cuestiones tendrían que haberse aprobado por la Ley 7/85, que es la Reguladora de Bases de Régimen Local. “Con esto, los jueces nos dicen una vez más que Melilla es un puro y duro Ayuntamiento”, espetó Fernández.

El dirigente ugetista consideró responsables de estos hechos a los técnicos que asesoran al Consejo de Gobierno, al tiempo que recordó que sobre esta sentencia cabe un recurso de casación ante el Tribunal Supremo que corresponde presentar a la Ciudad Autónoma. Sin embargo, lamentó que el plazo para este recurso es de 10 días y que empezó a correr desde el pasado 25 de abril, por lo que “sólo quedan dos días” y la Consejería de Administraciones Públicas “todavía no se ha querido dar por enterada”, pese a las continuas advertencias que le ha hecho UGT.

Por esta razón, los servicios jurídicos del sindicato ya están preparando el recurso para presentarlo por su cuenta, dado que “es muy fácil recurrir” para desbaratar los argumentos esgrimidos por el TSJA en su fallo judicial. Además, lamentó que al resto de sindicatos “no les vemos por ningún sitio” a pesar de que “es un asunto que nos afecta a todos”.

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