26 de diciembre de 2024

El TSJA obliga a la Junta de Andalucía a readmitir a unas trabajadoras despedidas de manera encubierta, según CC.OO

El TSJA obliga a la Junta de Andalucía a readmitir a unas trabajadoras despedidas de manera encubierta, según CC.OO

El secretario general de Enseñanza de CC.OO. en Huelva, Diego Martín, tildó hoy de "histórica" una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que obliga a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta a readmitir a cuatro trabajadoras que fueron despedidas de manera "encubierta" por la empresa privada Coaspredei, reconociendo la cesión "ilegal" de las trabajadoras a esta empresa privada por parte de la Junta.

En rueda de prensa, Martín explicó que la sentencia reconoce que estas cuatro trabajadoras pertenecían a la Junta aunque estuvieran prestando sus servicios en Coaspredei, por lo que obliga a la Administración autonómica a reconocerles tres años de antigüedad –el período que estuvieron en la empresa privada– y a la readmisión y el abono de los salarios de tramitación o, en su defecto, el pago de una indemnización y de los salarios de tramitación.

En este sentido, el responsable sindical precisó que el Decreto 137/2002 de 30 de abril de Apoyo a las Familias Andaluzas y la Orden de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social establecen servicios complementarios de Aula de Acogida y Ludoteca Infantil en las guarderías públicas y conveniadas.

Así, Martín indicó que la Consejería del ramo y Coaspredei firmaron un convenio por el que la primera asumía la financiación y la segunda aportaba los medios humanos y el seguimiento del personal para la actividad laboral, "estableciéndose entre ambas instituciones una relación mercantil, aunque la relación de las trabajadoras con la Junta era de carácter laboral".

Al hilo de ello, explicó que las trabajadoras de la Junta fueron contratadas por Coaspredei desde el curso 2002/2003 hasta el 2004/2005 "mediante contratos fijos-discontinuos en su mayoría encubiertos y en fraude de ley".

"En el curso 2005/2006 no fueron llamadas aunque seguía vigente el convenio y continuaban prestándose los mismos servicios", según prosiguió Martín, que señaló que, de esta manera, "fueron despedidas de manera encubiertas un total de 50 trabajadoras, algo que no reconocen ni Coaspredei ni la propia Junta".

Asimismo, explicó que la sentencia del TSJA, que ratifica la emitida en primera instancia por el Juzgado de lo Social número 1 de Huelva, está pendiente de ejecución "a la espera de que los autos lleguen a la Delegación Provincial para la Igualdad y Bienestar Social, que cometería un grave delito si no acatara la sentencia".

Por todo ello, valoró que se trata de una sentencia "histórica", pues, según dijo, "sentará jurisprudencia para casos similares, frecuentes en las subcontrataciones de las administraciones públicas", y aseguró que desde CC.OO. "estaremos vigilantes ante situaciones como ésta, que vulnera normas jurídicas y que sólo camina hacia la precarización del mercado de trabajo y en muchos casos a la indefensión de los trabajadores".

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