21 de septiembre de 2024
RRHHDigital - El periódico online referente en Recursos Humanos

El Consejo de Ministros aprueba el proyecto de ley para la regulación de empresas de inserción

El Consejo de Ministros aprueba el proyecto de ley para la regulación de empresas de inserción

El Consejo de Ministros aprobó ayer el proyecto de ley para la regulación del régimen de las Empresas de Inserción, aquellas que se dedican a contratar a excluidos sociales con el objeto de que, una vez aplicadas medidas sociales y de adaptación profesional, puedan emplearse en el mercado laboral ordinario.

El texto, que será remitido al Congreso para su tramitación y que cuenta ya con el dictamen del Consejo Económico y Social (CES), pretende cumplir el mandato constitucional de facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social, desde el ámbito público.

Hasta ahora la legislación que regulaba este tipo de empresas venía recogida en la disposición adicional novena de la Ley 12/2001, y en normas dictadas en once comunidades autónomas.

En rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo, la vicepresidenta del Gobierno, María Teresa Fernánez de la Vega, señaló que la regulación debe contribuir a que estas empresas sean "nichos reales" de inserción, no "bancos de pruebas".

REINVERSIÓN DEL 80% DE LOS BENEFICIOS

Según el contenido del proyecto de ley, las empresas de inserción deberán estar promovidas y participadas por entidades promotoras al menos en un 51% del capital social, así como mantener un porcentaje de trabajadores en proceso de inserción del 30% de la plantilla durante los tres primeros años y del 50% a partir del cuarto. Además, deberán reinvertir, al menos, el 80% de los resultados a la mejora de sus estructuras productiva y de inserción.

Asimismo, las empresas de inserción y los trabajadores podrán celebrar contratos de trabajo temporal de fomento de empleo, que tienen por objeto la prestación voluntaria de servicios retribuidos por cuenta ajena en una empresa de inserción como parte esencial de un itinerario personalizado, y podrá concertarse por un periodo mínimo de 12 meses y máximo de 3 años.

Por otro lado, podrán concertarse contratos de trabajo de carácter indefinido o duración determinada ajustándose a las modalidades contempladas en la legislación laboral vigente.

Se pretende, asimismo, que con la regulación de las empresas de inserción aumente el número de personas excluidas socialmente que serán atendidas en procesos de inserción sociolaboral. Desde el punto de vista de las políticas públicas se trata de sustituir políticas pasivas por activas.

CASI 4.000 TRABAJADORES EN INSERCIÓN

Pese a que en la actualidad no existe una definición comúnmente aceptada sobre el concepto y características de las empresas de inserción, los últimos estudios cifran el número de empresas de inserción en España entre las 147 y 165, y entre los 3.550 y 3.800 los trabajadores, de los que el 62% lo son en inserción.

Más del 57% están implantadas en Cataluña, Andalucía y Madrid. Su facturación se cifra en 41,4 millones de euros y los principales sectores de actividad son la recuperación y reciclaje, servicios personales y sociales, construcción, artes gráficas, jardinería y explotaciones forestales.

Aunque el colectivo afectado no es, actualmente, elevado, el potencial al que se dirigen sí lo es, ya que en 2006 hubo 100.857 titulares beneficiarios de Rentas Mínimas de Inserción, que es un grupo importante dentro de los excluidos sociales que contempla el articulado del proyecto de Ley.

NOTICIAS RELACIONADAS

DEJA UNA RESPUESTA

Los comentarios están cerrados.

Los lectores opinan

¿Qué aspecto del trabajo híbrido consideras más importante para mantener la productividad en tu empresa?

Ver los resultados

Cargando ... Cargando ...
Lo más leído

Regístrate en el boletín de RRHHDigital

* indicates required
Opciones de Suscripción
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante, "LOPD"), EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., le informa de que los datos de carácter personal que nos ha proporcionado mediante la cumplimentación de cualquier formulario electrónico que aparece en nuestras Web Site, así como aquellos datos a los que EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. acceda como consecuencia de su navegación, de la consulta, solicitud o contratación de cualquier servicio o producto, o de cualquier transacción u operación realizada a través de las Webs de nuestro grupo editorial EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., serán recogidos en un fichero cuyo responsable es EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. provista de CIF B86103140 con domicilio a estos efectos en Calle Comandante Franco, 24 28016, Madrid. Con carácter general, los datos de carácter personal que nos proporcione serán utilizados para atender sus solicitudes de información, así como informarle sobre nuevas actividades, productos y servicios de EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. Aquí puede leer nuestro aviso legal y política de privacidad.
rrhhdigital