20 de septiembre de 2024
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Despedido un directivo del Puerto de Santander por testificar a favor de un empleado

Despedido un directivo del Puerto de Santander por testificar a favor de un empleado

El consejero cántabro de Industria, Javier del Olmo (PSOE), despidió ilegalmente el año pasado a un directivo del puerto de Santander, cuando presidía la entidad, en represalia por haber testificado en los Juzgados de lo Social a favor de un empleado que pedía el reconocimiento de una categoría.

Así lo recoge una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) que confirma otra anterior del Juzgado de lo Social número 1 de Santander, en la que se declaró nulo el despido de José Manuel Río Oyarbide, jefe del Departamento de Administración y Finanzas del puerto de Santander hasta el 6 de marzo de 2006.

La sentencia del TSJC explica literalmente que el puerto de Santander ha tratado de imputar a Río Oyarbide una serie de indisciplinas o abusos de confianza 'para disimular los verdaderos motivos que llevaron a la decisión de despedir: la represalia ante el testimonio, veraz y decisivo para el juez de lo Social en un proceso anterior, pero contrario a la demandada'.

El presidente de la Sala de lo Social del TSJC, el magistrado Rubén López Tames, ponente de la resolución, concluye que Del Olmo no tenía competencias como presidente del puerto de Santander para aprobar ese despido y además estima que, con su decisión, vulneró los derechos constitucionales del directivo represaliado.

López Tames recuerda al puerto -que es la parte demandada en este procedimiento- que el Tribunal Constitucional ha fallado que 'prestar declaración como testigo, si bien en un proceso laboral, constituye un deber previsto genéricamente en el artículo 118 de la Constitución y concretado en varias disposiciones legales'.

El TSJC subraya que todo testigo contribuye con su declaración 'a la tutela de valores y principios constitucionales e incluso de derechos fundamentales, dada su relación con el derecho de la parte a utilizar los medios de prueba pertinentes y, más en general, con el adecuado funcionamiento de los órganos jurisdiccionales en el cumplimiento de la función que la Constitución les atribuye'.

'Por ello, de la comunicación de información veraz al órgano judicial no pueden seguirse consecuencias perjudiciales en el ámbito de las relaciones públicas y privadas para el testigo', añade.

La Sala recuerda que 'el único límite' a lo anterior reside en que el testigo haya prestado una declaración veraz y que, en este caso, el puerto 'no reprocha' al directivo despedido 'el aludido carácter falaz de lo declarado' ante el juez de lo Social.

La sentencia remarca que 'la celebración de un contrato de trabajo no implica, en modo alguno, privar al trabajador de los derechos que la Constitución le reconoce como ciudadano' y que 'sorprende' que lo ocurrido haya pasado en un organismo público, 'que debería ser menos proclive a este tipo de conductas'.

La Sala considera que Río Oyarbide 'fue sancionado disciplinariamente por el lícito ejercicio de sus derechos fundamentales', por lo que declara nulo su despido.

El directivo y el trabajador a favor del cual testificó, Antonio Martínez Sánchez, han denunciado a Del Olmo ante el Juzgado de Instrucción número 2 de Santander por los hechos recogidos en este procedimiento laboral, para acusarle de un delito de obstrucción a la justicia.

Javier del Olmo presidió la Autoridad Portuaria de Santander desde 2004 hasta el pasado mes de julio, cuando fue nombrado consejero de Industria del Gobierno de Cantabria.

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