La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Extremadura ha señalado que una empresa de la provincia de Cáceres ha despedido de manera improcedente a un trabajador.
La empresa despidió a dos trabajadores que, al parecer, se pelearon en su puesto de trabajo, en Casatejada. Uno de ellos recurrió al considerar que la medida adoptada por la empresa era injusta, y la Sala de lo Social ha estimado que su despido no es conforme a derecho, ya que no se ha demostrado que ese trabajador fuera el causante de la pelea. Se recalca que en la misma carta de despido se indica que no se puede constatar el origen de la riña, «si medió o no provocación y por parte de quién», pero comenta que existió una riña en el centro de trabajo. La Sala de lo Social condena a la empresa a que opte por la readmisión del trabajador en las mismas condiciones que antes de producirse el despido, o que le indemnice con 24.404 euros, y que en todo caso le entregue 9.996 euros por los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido.
El trabajador, técnico de producción, tiene un sueldo mensual de 2.555 euros, incluido el prorrateo de pagas extraordinarias.
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