17 de noviembre de 2024
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En la Comunidad Valenciana, el TSJ anula unas ayudas de formación a mujeres aprobadas por Bienestar Social

En la Comunidad Valenciana, el TSJ anula unas ayudas de formación a mujeres aprobadas por Bienestar Social

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha dado la razón a la UGT-PV y ha anulado una orden de Bienestar Social por la que concedió ayudas destinadas a financiar programas de formación ocupacional para colectivos de mujeres, porque "no respetó el procedimiento legal previsto", según informaron fuentes sindicales en un comunicado.

De este modo, la Orden del 2 de diciembre de 2003 -por la cual la Conselleria convocó ayudas para el 2004 dirigidas a la financiación de programas de formación ocupacional para colectivos de mujeres en el marco de la misión confiada al Fondo Social Europeo-, quedó anulada y sin efecto. Para el tribunal, estas ayudas "no son conformes al derecho", ya que no fueron trasladadas al ´Consejo Valenciano de Formación Profesional´, organismo encargado de emitir el informe preceptivo, en estos casos requerido tal y como señala el artículo 2.1 del Decreto 155/2000.

La sección tercera de la sala de lo contencioso administrativo del TSJCV emitió una sentencia favorable al recurso contencioso administrativo interpuesto por la UGT-PV contra la Orden de Bienestar Social, en la que confirma que el artículo 2.1 determina, entre las competencias del Consejo Valenciano de Formación Profesional, la de "emitir informes sobre los proyectos de disposiciones normativas relacionados con la Formación Profesional".

Para UGT-PV esta sentencia tiene "gran importancia", ya que determina la obligación de la Generalitat a recabar informe, previo y preceptivo del Consejo Valenciano de FP en todas las disposiciones normativas relacionadas con la formación profesional, tanto en la ejecución de planes de actuación aunque sea de carácter instrumental, como en el fomento y la gestión de actividades formativas o subvenciones, destacaron las mismas fuentes.

El fallo de esta sentencia del TSJCV es firme, "lo que supone que el resto de órdenes de la Generalitat vinculadas a la Formación Profesional y que no han pasado por el Consejo Valenciano de Formación Profesional también serán anuladas por no ser conformes a derecho", previeron.

En este sentido, señalaron que el presidente del Impiva "ya reconoció la competencia del Consejo, al interponerse un recurso contra una resolución por la que se convocaban ayudas dirigidas a apoyar actividades formativas". De hecho, éste "se comprometió a dar traslado de todos los proyectos formativos relacionados con la FP al Consejo", del que son miembros titulares los secretarios de formación y empleo de los sindicatos más representativos de la Comunitat Valenciana.

En definitiva, la sentencia "viene a reconocer que la Generalitat no puede privar a los sindicatos representativos de su derecho a participar en la elaboración del preceptivo informe, de apuntar, proponer o sugerir la modificación, ampliación o acotación de los contenidos y bases de todas aquellas normativas relacionadas con la formación profesional", concluyeron.

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